Jueves 12 de junio 2025

La Corte confirmó la condena sin revisar el expediente ni argumentar los motivos

Redaccion Avances 10/06/2025 - 18.04.hs

La expresidenta Cristina Fernández de Kirchner fue proscripta este martes por decisión de la Corte Suprema de Justicia y no podrá ser candidata en las elecciones legislativas bonaerenses de septiembre. El máximo tribunal selló la suerte de la CFK en la causa Vialidad apelando a un recurso legal tan técnico como peligroso: el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Se trata de una herramienta que permite rechazar recursos extraordinarios sin revisar los expedientes ni argumentar los motivos.

 

La norma, que en su texto autoriza a la Corte a desestimar planteos “según su sana discreción” cuando no advierta “agravio federal suficiente ni trascendencia institucional”, está en el centro de la escena por el peso político de la decisión, según publicó Página 12.

 

Con la invocación del artículo 280, la Corte Suprema no emite juicio respecto de si Cristina Kirchner es inocente o culpable, solo dice que el máximo tribunal se reserva el derecho que pronunciarse sobre el tema y, así, quedó firme la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal.

 

De esta manera, la condena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos dispuesta por un tribunal inferior quedó firme. Así, Cristina quedó legalmente impedida de competir en las próximas elecciones legislativas, donde ya oficializó su candidatura por la Tercera Sección Electoral bonaerense.

 

El medio porteño señaló que no es la primera vez que la Corte apela al 280, aunque el contexto transforma este caso en una decisión de mayor voltaje institucional. Desde organismos de derechos humanos hasta constitucionalistas advierten que utilizar esta vía rápida en una causa con irregularidades probadas --incluidas recusaciones, fallos divididos y cuestionamientos internacionales-- sería consolidar la persecución judicial que pesa sobre la vicepresidenta desde hace más de una década.

 

En las semanas previas, la Corte ya había dado indicios: rechazó la recusación contra Ricardo Lorenzetti, despejando el camino para una resolución exprés. Además, el recurso de queja de la defensa fue parcialmente desestimado, y los tiempos procesales, que suelen extenderse por años, en este expediente avanzan a velocidad récord.

 

“El problema es político, no jurídico. Acá ya de lo jurídico no queda prácticamente nada”, disparó el abogado Marcos Aldazabal en diálogo con AM 750. Aunque no representa a Cristina en esta causa, sí conoce el ritmo de Comodoro Py y advirtió que una decisión tan grave tomada sin fundamentos sería “de una enorme gravedad institucional”.

 

 

Tres caminos.

 

La Corte tenía tres caminos: aplicar el artículo 280 y clausurar la discusión; abrir el recurso extraordinario, lo que implicaba estudiar las irregularidades denunciadas y las discrepancias en las condenas --la Procuración pidió 12 años de prisión y se dictaron 6--; o aceptar las apelaciones de la defensa.

 

Desde la causa Ciccone hasta Memorándum con Irán, la Justicia federal acumula fallos donde la política y los intereses corporativos suelen pesar más que los expedientes. Como en los viejos tiempos de la “mayoría automática”, la Corte vuelve a ubicarse como árbitro en un partido donde el resultado puede conocerse antes de que se juegue.

 

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