Martes 01 de julio 2025

Ley de Alquileres: no hubo acuerdo y tres proyectos tuvieron dictamen

Redaccion Avances 11/05/2022 - 21.10.hs

El oficialismo y la oposición de la Cámara de Diputados no llegaron a un acuerdo y se firmaron tres dictámenes sobre la reforma de la ley de Alquileres, proyecto que se votará en una sesión especial que aún no tiene fecha.

 

Al cabo de tres reuniones informativas de la comisión de Legislación General -presidida por la oficialista Cecilia Moreau- en la que participaron 132 expositores invitados de los distintos sectores involucrados (agrupaciones de inquilinos, corredores inmobiliarios y especialistas sobre el tema), el Frente de Todos y Juntos por el Cambio no pudieron ponerse de acuerdo en cuanto a los plazos de los contratos y la fórmula de actualización de los precios de los alquileres, entre otros puntos.

 

El oficialismo y Juntos por el Cambio compartieron el diagnóstico de que la ley 27.551 (que tuvo media sanción en 2019 durante el Gobierno de Cambiemos y aprobada definitivamente en 2020), que había sido fruto del acuerdo transversal de las fuerzas mayoritarias del Congreso, no arrojó los resultados esperados.

 

El Frente de Todos decidió hacerse eco de las preocupaciones de las agrupaciones de inquilinos, que pidieron mantener tanto el plazo de duración de tres años los contratos y la frecuencia anual de los ajustes de precios de los alquileres. En cambio, Juntos por el Cambio propuso un dictamen para retrotraer el marco normativo al sistema que funcionaba antes de la sanción de la ley vigente, cuando los contratos se firmaban por dos años años y el ajuste de los valores era semestral.

 

Hubo un tercer dictamen -cuya autora es la legisladora de Identidad Bonaerense Graciela Camaño- compartido entre el interbloque Federal y el interbloque Provincias Unidas. Estas bancadas "del medio" inclinarán la balanza para un lado o para el otro cuando el tema llegue al recinto. Si el dictamen de mayoría que logró el oficialismo no consigue los votos, se pasará a tratar el dictamen de Juntos por el Cambio

 

En este sentido, en el corto plazo se abrirá una instancia de intensas negociaciones para alcanzar las mayorías. En un principio, correría con ventaja la oposición, dado que el proyecto de Camaño también retoma los dos años de plazo de duración, aunque se diferencia al dejar librado a las partes involucradas la frecuencia de actualización del valor de los alquileres.

 

 

MODIFICACIONES.
El dictamen que consensuó el oficialismo indica que "en los contratos de locación de inmuebles destinados a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único, en moneda nacional, y por períodos mensuales, sobre el cual solo pueden realizarse ajustes anuales". "En ningún caso se pueden establecer bonificaciones ni otras metodologías que induzcan a error al locatario", indica el texto del proyecto oficialista", agrega el texto.

 

Una novedad que introduce el proyecto oficialista es que aplica un tope a los aumentos pactados que coincide con una fórmula que combina la variación salarial con la inflación medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC). "La aplicación del índice constituye el ajuste anual máximo permitido, pudiendo las partes, de común acuerdo, pactar ajustes menores", explica la iniciativa del Frente de Todos.
   Además, se incorporan aspectos comprendidos en el proyecto del sanjuanino José Luis Gioja, vinculados a beneficios fiscales que recibirían los locadores que se inscriban en el régimen de monotributo, que podrían deducir esos bienes inmuebles en alquiler del pago del impuesto sobre los Bienes Personales.
   Estos incentivos estarán dirigidos a quienes "no realicen más de tres (3) actividades simultáneas o no posean más de tres (3) unidades de explotación, sin considerar a estos fines el caso de inmuebles que sean afectados a la locación con destino exclusivo a casa habitación del locatario y su familia, siempre que dichos contratos de locación se encuentren registrados" en la AFIP.

 

En tanto, en el artículo 13 se incluyó un cambio que tiene que ver con que "el locador no puede requerir una garantía que supere el equivalente a cinco (5) veces el valor mensual de la locación".
   Por otra parte, se establece que si el destino es habitacional no puede exigirse por parte del locador "el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes", ni tampoco "depósitos de garantía o exigencias asimilables, por cantidad mayor del importe equivalente al primer mes de alquiler".
   "El depósito de garantía debe ser entregado por el locatario en seis cuotas mensuales iguales y consecutivas a partir de la fecha de la firma del contrato. El depósito de garantía será devuelto mediante la entrega de una suma equivalente al precio del último mes de la locación, o la parte proporcional en caso de haberse efectuado un depósito inferior a un mes de alquiler", propone el texto como modificación adicional. (NA)

 

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