Miércoles 14 de mayo 2025

Condena por violencia

Redacción 19/04/2016 - 05.04.hs

El juez de audiencia, Andrés Aníbal Olié condenó hoy a Sergio Waldemar Carra a dos años de prisión de ejecución condicional por ser responsable de los delitos de lesiones graves ocasionadas mediante la utilización de arma de fuego, en concurso real con portación de arma de uso civil sin la debida autorización legal; lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente, en concurso real con el delito de amenazas simples (artículos 89, 92 en relación con el 80 inciso 1º y 149 bis, primer párrafo, primer supuesto); y lesiones leves en concurso real con amenazas calificadas por la utilización de arma de fuego (artículos 89 y 149 bis, primer párrafo, primer supuesto), en tres legajos diferentes. Además le impuso la obligación de fijar domicilio y presentarse mensualmente ante el Patronato de Liberados durante dos años.
El fallo de Olié fue dictado a partir de un pedido de juicio abreviado formulado por la fiscala María Cecilia, la defensora Vanesa Ranocchia Ongaro y el propio imputado, un vendedor ambulante de 26 años que registra antecedentes penales.

 

Golpe.
El primer hecho ocurrió el 14 de noviembre de 2011. Según quedó demostrado en la causa, Carra agredió con un golpe de puño a una ex pareja en Varela y avenida Santiago Marzo. Previamente le había apuntado con un arma de fuego, diciéndole "te voy a matar".
El segundo delito lo cometió el 23 de noviembre de 2013. Ese día a la madrugada, el imputado fue hasta un domicilio de la calle Tierno, abrió la ventana del dormitorio del departamento ubicado en la parte trasera y efectuó "varios disparos de arma de fuego calibre 22 hacia el interior", impactando tres de ellos en Rubén Darío Oses, quien estaba recostado. Las lesiones sufridas por la víctima pusieron su vida en riesgo.
El tercer hecho sucedió el 12 de enero de 2014 cuando agredió a su pareja. "La tomó de los cabellos, la arrastró por el piso y la golpeó con sus puños en la cabeza", dice la sentencia. La mujer, que estaba embarazada, fue internada en el hospital Molas. A su vez, días antes, en la vivienda que compartían, Carra la amenazó expresándole que la iba a matar y que después se mataría él.

 

Lesiones.
Las conductas delictivas del acusado quedaron probadas "no sólo por los diversos testimonios, sino también por la constatación de las lesiones en todas las personas que resultaron víctimas -indicó Olié-. Por otro lado debe agregarse el relato de los damnificados, quienes brindaron detalles de cómo se habrían sucedido los hechos, aportando datos en cuanto a la forma de comisión de los mismos".
Además el juez, a pesar de que las partes no lo habían convenido en el acuerdo de juicio abreviado, le fijó al nombrado las pautas de conductas por el término de dos años detalladas más arriba.

 

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