Martes 30 de abril 2024

Prescribió la causa y el homicida no irá a la cárcel

Redacción 31/08/2016 - 01.00.hs

La Fundación Estrellas Amarillas informó ayer a través de un parte de prensa que la Cámara en lo Criminal 1 -encargada de los expedientes residuales- declaró extinguida por prescripción de acción penal la causa contra Angel Patricio Molina, el conductor que atropelló y mató a Adán Misael Serraino Zinki en la localidad de 25 de Mayo. Por ese motivo, el mismo tribunal dictó su sobreseimiento. Esa medida ya fue recurrida por la querella, a cargo del estudio Sánchez Alustiza.
Hoy a la mañana, los padres de la víctima, Rubén Serraino y Amelia Zinki, estarán en el local que la ONG tiene en la calle Mitre 114 de esta capital para brindar una rueda de prensa. Adán Serraino murió el 1 de noviembre de 2008. De acuerdo a lo que la Justicia resolvió en la sentencia de primera instancia, Molina conducía en forma negligente y antirreglamentaria. Le achacaban, además, que corría una picada con otro vehículo pero el tribunal que llevó adelante el juicio oral y público no encontró pruebas para confirmar esa hipótesis.

 

Jueces recusados.
Serraino y Zinki habían logrado sentar a Molina en el banquillo de los acusados, luego de sortear un intento del primer fiscal que intervino de llegar a un juicio abreviado. La sentencia que se dio tras el debate fue de 5 años de prisión efectiva, más 10 años de inhabilitación para conducir. Dos años después, el Tribunal de Impugnación Penal (TIP) redujo la pena de prisión en un año, con lo cual quedó condenado a cuatro años de prisión efectiva.
La defensa de Molina, en todas las instancias que tuvo, realizó planteos contra los jueces que habían realizado el juicio oral: Hugo Díaz (actual ministro del STJ), Carlos Novaretto y Miguel Vagge. Afirmó que no podían ellos llevar adelante el debate porque antes habían rechazado la posibilidad de un juicio abreviado, con lo cual, según consideró, existía un prejuzgamiento.

 

Nulidad.
Ese argumento no fue tenido en cuenta en las demás instancias de alzada, pero cuando el expediente llegó al Superior Tribunal de Justicia (STJ), le otorgaron la razón al planteo de la defensa y dictaron la nulidad de todo el proceso. Desde la familia Serraino aseguraron ayer a este diario que el expediente pasó mucho tiempo parado en el Superior Tribunal de Justicia porque "siempre faltaba un juez para conformar la sala".
Tras la decisión del máximo tribunal, el expediente fue girado a la Cámara en lo Criminal 1, que tiene a su cargo las causas residuales, es decir, las que iniciaron su trámite con el antiguo Código Procesal Penal. Cuando los camaristas tomaron contacto con las actuaciones judiciales, notaron que el plazo de prescripción se había cumplido. Corrieron vista al fiscal y éste coincidió con ellos. Allegados a ese tribunal aseguran que no les quedó otro remedio que dictar la prescripción y sobreseer al acusado.

 

Precedente.
La decisión fue adoptada el 3 de agosto, pero no había tomado estado público hasta ayer, cuando la Fundación Estrellas Amarillas lo informó en un parte de prensa. La condena dictada a Molina el 31 de octubre de 2012 había marcado un precedente en la Justicia pampeana, dado que el tribunal le había impuesto una pena de cárcel con cumplimiento efectivo, algo inédito hasta ese momento en casos similares.
Adán, que tenía 16 años, falleció en la madrugada del 1 de noviembre de 2008. Molina, que entonces tenía 34 años, le produjo lesiones fatales. En el hecho resultó herido gravemente Miguel Andrade, uno de los dos amigos que caminaban junto a Adán. El tercero, Denis Escudero, resultó ileso.
Las crónicas de entonces, destacaron que Molina, un ex trabajador petrolero, nunca habló de lo que pasó ni mostró arrepentimiento. Ni siquiera se lo escuchó cuando tuvo la última palabra en el juicio oral y público que se le hizo y que, años después, sería anulado por el STJ.

 

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