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Jueves 26 de febrero 2026

¿Alguien pondrá preso a Magnetto por estrago?

Redacción 26/02/2026 - 00.10.hs

Cristina Fernández de Kirchner está presa porque los jueces de la Argentina que la juzgaron consideraron que como presidenta de la Nación no podía desconocer las presuntas maniobras que se hacían en Santa Cruz con los fondos destinados por ley a esa provincia.

 

Se ha dicho más de una vez que sentaron un precedente novedoso (y peligroso) para cualquier puesto de conducción, pues se asume que la cabeza de una organización, estatal o privada, debe hacerse cargo de todos los delitos que se cometan en ella, de punta a punta.

 

Parece una ironía, pero en estos días no son pocos los santarroseños que se preguntan si la justicia argentina investigará y, en todo caso, procesará y, si corresponde por la doctrina CFK, encarcelará, al CEO de Clarín, Héctor Magnetto por estrago doloso al romper en dos ocasiones caños de gas de la red domiciliaria en las obras del tendido denunciado como ilegal de los cables de su empresa de telecomunicaciones en la ciudad de Santa Rosa.

 

Parece chiste pero tiene su lógica, pues el Código Penal, al enumerar los delitos contra la Seguridad Pública califica como "estrago", a un daño que genere un peligro común. ¡Y vaya que lo es romper un caño de gas en medio de una ciudad!

 

El articulo 189 tipifica el estrago culposo cuando la rotura es fruto de la imprudencia, negligencia o inobservancia de los reglamentos (por ejemplo, excavar sin planos de interferencias). Fija para estos casos una pena de un mes a un año de prisión.

 

En el articulo 196 dice que si el estrago culposo es cometido por un profesional en el ejercicio de su arte o profesión (como un ingeniero o capataz de obra), se aplica inhabilitación especial además de la prisión.

 

No fue una, sino dos las veces que esto ocurrió, razón por la cual los máximos directivos de la empresa no pueden argüir desconocimiento pues los medios locales se hicieron eco profusamente y la obra se paró y posiblemente les quepa lo que, más severamente, contempla el articulo 186 de nuestro código.

 

Porque, ¿se puede creer que se trató solo de negligencia o imprudencia si se repitió? ¿No parece más bien un accionar deliberado de los directivos que envían a su gente a perforar de esta forma ilegal la ciudad (a la que intentarían así castigar por su díscola manía de defender a la CPE y no rendirse a sus cantos de sirena monopólicos) sin preocuparse por la seguridad pública, de los vecinos linderos y ni qué hablar la de sus propios operarios?

 

La suerte que tiene el multimedio y sus popes es que la justicia argentina tan solícita para investigar sus titulares y tratar de demostrar la cuadratura del círculo del suicidio de Nisman pregonada en esas tapas del diario, no ha tenido la misma diligencia para investigar este caso, a todas luces, flagrante de estrago.

 

¿La justicia les teme? Es posible. Lo cierto es que obedece a su lógica de impunidad.

 

Tanto que no hay fiscal en el fuero provincial ni en el federal que se animara a iniciar de oficio una causa. Alegan que nadie hizo la denuncia. Pero la doctrina indica que al ser un delito que afecta la seguridad pública, las fiscalías deberían actuar de oficio apenas tomen conocimiento de un posible estrago a través del acta policial o de bomberos, o de la prensa sin necesidad de que nadie haga la denuncia.

 

¿Signo de los tiempos oscuros que vivimos?

 

Lo cierto es que suele haber siempre un fiscal actuando de oficio si alguien le tira un huevo al presidente que juega al fútbol con los jueces o si un manifestante rompe una vidriera. Pero parece no haberlo cuando los sospechados de cometer estrago son los que manejan el país por encima de presidentes y otros “cargos menores”.

 

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