Viernes 03 de mayo 2024

Biodiesel: destacan que bajar alícuota "es muy acertado"

Redacción 24/04/2023 - 10.07.hs

"Nos parece una medida muy acertada", dijo el titular de Enresa, Tomás Lorda, tras conocerse el decreto del gobernador Sergio Ziliotto que redujo la alícuota del impuesto sobre los Ingresos Brutos para la fabricación de biocombustible, excepto el alcohol, llevándola del 2% actual al 0,5 por ciento. "Muchas provincias tienen regímenes diferenciales que promocionan la producción de biocombustibles -añadió Lorda-. Aplaudimos que nuestra provincia esté a la vanguardia de la Producción y de la diversificación de la matriz energética con combustibles amigables al medioambiente".

 

La medida adoptada por el gobierno provincial es excepcional que tendrá vigencia hasta el último día de 2023, otorgando un beneficio a las dos plantas que producen biodiesel en la provincia: Pampa Bio, de Lartirigoyen, en General Pico, y Enresa, de Gente de La Pampa, en Catriló.

 

El artículo 1º del Decreto 1044, fechado el 11 de abril, establece: "Reducir al 0,50% la alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la actividad de Fabricación de biocombustibles excepto alcohol (...), exclusivamente para los contribuyentes que cumplan las condiciones que establece el artículo siguiente. Las disposiciones del presente Decreto no serán aplicables cuando los productos se comercialicen a consumidor final."

 

Condiciones.

 

El artículo 2º es el que impone las condiciones bajo las cuales las empresas pueden acceder a la rebaja del impuesto: "El reconocimiento del beneficio establecido en el artículo anterior resultará procedente cuando se verifiquen concurrentemente los siguientes requisitos: a) inscripción como agente de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la provincia de La Pampa; b) poseer al menos cinco (5) personas en relación de dependencia afectados al desarrollo de la actividad, que se acreditará con la Declaración Jurada al Régimen Nacional de Seguridad Social, presentada ante la Administración Federal de Ingresos Públicos; c) no registrar deuda exigible ni obligaciones formales incumplidas como contribuyente y/o agente de recaudación de los gravámenes que recauda la Dirección General de Rentas de nuestra Provincia; d) poseer la planta donde desarrolla la actividad habilitada al efecto y ubicada en territorio de la Provincia de La Pampa. Dicho beneficio tendrá vigencia a partir del 1 de Enero de 2023 o del día primero del mes en que se cumplan totalmente las condiciones del párrafo anterior, lo que sea posterior, y hasta el 31 de Diciembre de 2023."

 

Baja y alta.

 

Un tercer artículo refiere a la extinción de la rebaja impositiva: "La pérdida del beneficio a que se refiere el artículo 1º del presente se producirá por el incumplimiento de las obligaciones formales y/o sustanciales a su vencimiento, así como de alguno de los requisitos establecidos en el artículo anterior, debiendo el contribuyente liquidar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicando la alícuota e importes mínimos que correspondan de acuerdo a la Ley Impositiva a partir del primer anticipo a vencer con posterioridad a la fecha de producida la infracción".

 

Finalmente, explica el modo de recuperar el beneficio luego de un incumplimiento: "A efectos de recuperar el beneficio los contribuyentes deberán regularizar la totalidad del gravamen no alcanzado por la reducción, más las accesorias que correspondan, y cumplir íntegramente con el resto de los requisitos exigidos por las normativas".

 

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