Domingo 05 de mayo 2024

Buscan regular pensiones no contributivas

Redacción 19/06/2023 - 08.33.hs

El diputado nacional Martín Berhongaray (UCR) presentó un proyecto en la Cámara Baja, para regular el régimen de compatibilidad de las pensiones no contributivas con la percepción de ingresos económicos por vínculo laboral.

 

El proyecto pretende que se establezca la compatibilidad de la pensión no contributiva por invalidez otorgada en los términos de la Ley 13.478 con cualquier tipo de actividad autónoma -tanto bajo la inscripción en el régimen general y/o simplificado- o vínculo laboral formal cualquiera sea su modalidad, que realicen las personas titulares del beneficio de invalidez, siempre que los haberes mensuales fruto de dicha actividad o vínculo laboral registrable, no superen el valor de tres salarios mínimo vital y móvil, establecido según el artículo 139 de la Ley N° 24.013.

 

Asimismo, indica que superado el límite previsto en el artículo precedente y durante el plazo que perdure dicha situación, operará la suspensión temporal en la ejecución de la prestación objeto del beneficio. Dentro del plazo de 15 días de producida la superación del citado límite, el titular de derecho de la pensión deberá poner en formal conocimiento a la Agencia Nacional de Discapacidad de tal circunstancia, a los efectos de no incurrir en causal de caducidad.

 

Una vez producida la extinción de la causal que haya originado la suspensión temporal dispuesta, el titular del derecho podrá solicitar el restablecimiento inmediato del pago de la pensión sin necesidad de realizar nuevamente el trámite para su obtención, el cual operará de manera automática luego de verificada tal circunstancia.

 

Finalmente, la iniciativa del pampeano señala que el haber de la prestación por pensión no contributiva por invalidez otorgada en los términos de la Ley 13.478, no podrá ser inferior al valor de un salario mínimo vital y móvil, establecido según el artículo 139 de la Ley N° 24.013; y fija un plazo de 90 días, a efectos que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Agencia Nacional de Discapacidad -organismo descentralizado en la órbita de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación-, dicte la reglamentación.

 

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