Lunes 22 de abril 2024

Doce años de prisión para Pernini

Redacción 31/12/2021 - 00.50.hs

Tal como había solicitado la Fiscalía, el cura Hugo Edgardo Pernini recibió ayer la pena a 12 años de prisión por múltiples abusos sexuales. Como ya había anticipado este diario, estaba previsto que la condena se dictase el 4 de febrero del 2022, pero la oficina judicial adelantó la lectura de la sentencia.

 

El 7 de diciembre pasado, el sacerdote fue declarado culpable por el delito de abuso sexual simple, gravemente ultrajante y con acceso carnal, agravado por su condición de ministro de culto, mediando abuso intimidatorio de una relación de autoridad y poder.

 

Coincidencia.

 

El juez de audiencia de Santa Rosa, Gastón Boulenaz, impuso ayer la pena a Pernini. La condena fijada de 12 años coincidió con el pedido de la fiscalía durante el juicio oral. Por su parte, la querella había solicitado 15 años y la defensa del imputado, el mínimo de 8.

 

Además le mantuvo el arresto domiciliario, con control electrónico de vigilancia, hasta la finalización del proceso y la prohibición de contacto con la víctima y los testigos. El juez ordenó que, una vez que el fallo quede firme, se proceda a la detención inmediata del sacerdote.

 

Las pruebas recabadas en el juicio oral dieron por comprobado que se produjeron "múltiples" abusos en la Iglesia Nuestra Señora de Luján en Santa Rosa, ubicada en Lope de Vega y Leguizamón, que estaba a cargo del propio Pernini, y en una ocasión en Buenos Aires.

 

Nueva denuncia.

 

El juicio fue motivado por la denuncia de un joven que al momento de los hechos tenía 17 años. Además, el pasado 22 de diciembre un testigo que debía declarar a favor de Pernini lo denunció por abusos ante la Fiscalía. Esto implica que el sacerdote deberá afrontar un nuevo proceso judicial por la nueva denuncia.

 

El juez Boulenaz tuvo en cuenta como agravantes las consecuencias afectivas que el delito provocó en la víctima; que esos efectos alcanzaron a su propia madre -después de presentarse en el Obispado de Santa Rosa-; la edad del damnificado; el grado de autodeterminación de Pernini para cometer los abusos; la reiteración de los acometimientos; y los medios empleados para ello.

 

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