Martes 07 de mayo 2024

El STJ rechazó la cautelar de los cesanteados en La Adela

Redaccion Avances 26/04/2024 - 17.46.hs

(La Adela) - El martes, la Sala C del Superior Tribunal de Justicia, resolvió rechazar la medida cautelar que a fin de año presentaron los ocho trabajadores que el intendente de La Adela, Federico Moro, cesanteó. Sin embargo advirtieron que esta resolución se atiene al derecho administrativo, pero que la cuestión de fondo “será objeto de examen en oportunidad de dictarse la sentencia definitiva de la situación.

 

Una de las primeras medidas que realizó cuando el intendente Federico Moro, tal como lo había anunciado, fue la de mandar al nuevo Concejo, un proyecto para derogar la ordenanza, por la que su par saliente, Juan Barrionuevo decidió el pase a planta de unos 49 personas contratadas.

 

Antes de fin de año, por mayoría, el CD aprobó la ordenanza sugerida por Moro, quien rápidamente la promulgó. Y con ésta herramienta deliberativa, dispuso que 41 de los integrantes de la lista quedaron trabajando aunque nuevamente en condición de contratados, mientras que a 8  no se les renovó el contrato.

 

La cautelar. 

 

Ante esta situación, el gremio Asociación de Trabajadores del Estado se movilizó y logró que, a través del área Provincial de Trabajo, se cumplieran instancias de conciliación encabezada por el responsable, Marcelo Pedehontáa. Además, paralelamente los trabajadores cesantes plantearon una medida cautelar reclamando a la Justicia declare nulos los procedimientos de la comuna y el Concej0, que es motivo de esta nota.

 

Los procedimientos cautelaras solicitados recayeron en la Sala C del Superior Tribunal del Justicia, quien, con fecha 23 de abril, se pronunció.  Los magistrados se apoyaron en la jurisprudencia relacionada con el derecho público administrativo, en los que  “los procesos cautelares imponen una apreciación con criterio estricto debido a elementales principios del derecho público: la presunción de legalidad del acto administrativo y su ejecutoriedad”.

 

Con estos basamentos el STJ decidió “rechazar la solicitud de la medida cautelar de suspensión del acto administrativo planteada por Maximiliano Alexander Alvarado, Julián Alberto Alzueta Salim, Nemesio Esteban Barrionuevo, Maira Vanina Fernández, Elena Gisel Muñoz, Ramiro Daniel Rodríguez Retamal, Esteban Nicolás Urruti y Jorge Hugo Villavicencio contra la Municipalidad de La Adela”.

 

No obstante, los jueces intervinientes aclararon que la causa no está dirimida ni muchos menos. “Sin embargo, lo hasta aquí considerado no significa, en modo alguno, emitir opinión sobre lo que será objeto de examen en oportunidad de dictarse la sentencia definitiva sobre la cuestión sustancial, sino la falta de acreditación de la ilegalidad manifiesta y la ausencia de perjuicio para el interés público en los términos que indica la Ley de Procedimientos Administrativos”, concluyeron.

 

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