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Juez sancionó a dos abogados y se acerca la reapertura

Redacción 22/10/2022 - 00.55.hs

Otros dos abogados que han sido parte del expediente judicial por la quiebra del Frigorífico General Acha, fueron sancionados ayer por el juez de instrucción de la ciudad, Gerardo Bonino, en otra consecuencia del desarrollo del litigio que superó los 5 años.

 

La resolución del juez implica para los abogados Federico Ariel Rivara y Eliana Andrea Rivara, una multa de 10.000 pesos y también el corrimiento de vista de la situación al Colegio Público de Abogados y Procuradores de La Pampa como al Ministerio Público Fiscal, que resolverán si aplican más medidas.

 

Antes, Bonino sancionó al patrocinante de una parte de los empleados despedidos en 2017 y a ex propietarios, que ahora son investigados por la justicia penal.

 

La decisión de Bonino, dijeron anoche fuentes cercanas a la causa judicial, podría ser la última previa a la decisión final sobre la validez del contrato vigente para la explotación de la planta por parte de ICSM. Con la resolución adoptada ayer, no queda más que entrar de lleno en el análisis de esa situación, por lo que aguardan que en los primeros días del mes entrante puedan empezar los trámites para la habilitación federal que de paso al comienzo de la faena en la planta de la RN 152.

 

Bonino, sintéticamente, sancionó a los letrados por considerar que en el mismo expediente han representados intereses contrapuestos. Esto, en virtud de que luego de que los quebrados propietarios de FGA vendieran a Abel Eugster (titular de Industrias Cárnicas San Miguel) sus derechos, los abogados que los representaban continuaron haciendo presentaciones en la causa.

 

El propio Federico Rivara celebró con Eugster un "contrato de cesión de créditos", indica la resolución que firmó Bonino. "De ello, no puede más de colegirse que Doctor Federico Ariel Rivara carece del derecho invocado, así como la Doctora Eliana Andrea Rivara", resumió el magistrado.

 

En su resolución, el juez sostuvo que "habiendo los Dres. Federico Ariel Rivara y Eliana Andrea Rivara renunciado al Poder y al patrocinio oportunamente otorgado por Frigorífico General Acha (conf. fs. 1371/1371vta.), explicando que ello era en razón de que las personas que oportunamente les confirieron o encomendaron la actividad profesional ya no integran el órgano ni forman parte de la sociedad FGA S.A. (conf. fs. 1371vta.), pero habiendo luego de ello realizado distintas presentaciones como patrocinantes de los señores Víctor A. Rivara (fs. 1380) y de los sres. Oscar E. Suarez, Osvaldo Alonso y Víctor Amílcar Rivara (a través de la Actuación Nº 1813809), los cuales a fs. 1260/1260 vta. se habían presentado como acreedores por subrogación en los derechos del Banco de La Pampa, pudiendo tales hechos constituir faltas éticas respecto del ejercicio de la profesión y/o constituir el tipo penal previsto por el artículo 271 del Código Penal, corresponde en esta instancia correr vista de ello tanto al Colégio Público de Abogados y Procuradores de la Provincia de La Pampa, como al Ministerio Público Fiscal, a sus efectos".

 

Al momento de decidir la multa de 10.000 pesos a cada uno, Bonino lo justificó indicando "toda vez que su accionar, invocando un derecho que carecían, se torna temerario, al estar al tanto de la sinrazón, violando así el deber de actuar con lealtad y buena fe establecidos por la ley ritual".

 

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