Viernes 19 de abril 2024

Querella impugna prisión domiciliaria de Gallinger

Redacción 24/09/2022 - 09.39.hs

Aunque recientemente el juez de Ejecución, Martín Saravia, dispuso otorgar el beneficio de la prisión domiciliaria a Néstor Roberto Gallinger, ahora la patrocinante de Patricia Beatriz Sclavuno pidió que se revoque esa decisión, "atento a existir un elevado estado de certeza" en cuanto a que no corresponde.

 

Como se recordará Gallinger, quien era propietario de una empresa de alarmas de seguridad, había sido condenado a 12 años de prisión. Se lo acusó de intentar quemar con un bidón de nafta a su pareja, y ya en la cárcel al menos en dos oportunidades anteriores había requerido el beneficio de la prisión domiciliaria, que la semana anterior el juez Saravia le concedió.

 

Piden dar marcha atrás.

 

Ahora la abogada Belén Oberts, en representación de Sclavuno, pidió volver atrás con esa medida judicial. Reclamó en un escrito dirigido al Tribunal de Impugnación Penal, sostiene que debe revocarse el resolutorio del juez de Ejecución "ante la falta de comprobación de los elementos objetivos que tanto el art. 10 del C.P. y arts. 32 y 33 de la Ley 24.660 contemplan".

 

En el mismo texto hace reserva de recurrir en casación, "por considerar que la sentencia resulta arbitraria en los términos de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación". A la vez advierte que colisiona la sentencia de Saravia "con normas del debido proceso (condena y pena) de raigambre constitucional, contenidas en Pactos Internacionales", por lo que deja expresada la reserva del Caso Federal y Supranacional, para acudir por la vía extraordinaria por ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y en su caso, por ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y/o Corte Interamericana de Derechos Humanos, pertenecientes a la Organización de Estados Americanos (OEA).

 

Tobillera electrónica.

 

Saravia había dispuesto que Gallinger iba a seguir cumpliendo su pena en el domicilio de Catamarca 658, y disponía que debe utilizar tobillera electrónica. Asimismo indicaba que el área médica de la Unidad 4 local podría realizar la compensación psiquiátrica, según lo sugiere el médico forense, estando autorizado, para el caso de considerarlo necesario, el traslado y coordinación con el Hospital Lucio Molas.

 

La impugnación de Oberts señala que la resolución del juez de ejecución "resulta arbitraria toda vez que omite considerar y dar tratamiento a los fundamentos que fueron expuestos por la querella al tiempo de la celebración de la audiencia correspondiente y que de haberse tenido en cuenta, la resolución debió haber sido distinta a la que hizo lugar a la prisión domiciliaria de Gallinger".

 

Sin justificación.

 

La abogada dice que "teniendo en cuenta que esta es la tercera presentación de la defensa del condenado, "y no habiendo cambiado la situación fáctica, en cuanto a su estado de salud", se puede inferir que "no existe justificación legal que habilite el otorgamiento del beneficio, en virtud de la inexistencia de una situación de tal gravedad que imposibilite el tratamiento intramuros o que ponga en riesgo en forma grave la salud del interno".

 

Fue más allá Oberts al indicar que "las patologías que padece el peticionante de la prisión domiciliaria fueron durante toda etapa de ejecución y en la actualidad debidamente tratadas en el ámbito penitenciario, es decir, a la fecha es asistido, tratado y medicado intramuros".

 

No se dan los extremos.

 

En otro párrafo se puede leer que refiere a un informe del doctor Trabb, que "sugiere prisión domiciliaria". Y analiza que "en ninguna parte del informe deja constancia que la sugerencia obedezca al menos a alguno de los antecedentes normativos que el art. 10 del CP prescribe en su inciso 1. Es decir la sugerencia no encuentra sustento en ninguno de los elementos descriptos por la norma por cuanto el interno a la fecha de ese informe como así también durante todo el proceso de cumplimiento de pena se encuentra bajo tratamiento, atención y prescripción médica".

 

Claramente expone que "no se dan los extremos de la "falta de atención intramuros" y la "falta de tratamiento adecuado a su dolencia".

 

Seguridad de la víctima.

 

La querella también menciona "la preocupación en relación a la seguridad y derechos de la víctima en autos (Sclavuno), por cuanto existiendo una advertencia" (de otro profesional, el doctor Muñoz) "resulta necesario que el condenado de manera previa sea compensado psiquiátricamente y que realice un tratamiento psicológico especialmente relacionado al 'trastorno de control de los impulsos', y aun así el Juez de Ejecución ha concedido la prisión domiciliaria sin considerar especialmente el delito por el cual fue condenado, las reiteradas amenazas y publicaciones a través de redes sociales que ha realizado Gallinger en contra de la señora Sclavuno y encontrándose en curso la división de sus bienes en común".

 

Ahora será el Tribunal de Impugnación Penal el que tenga la palabra en torno al tema.

 

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