Como no paga la cuota alimentaria la Justicia le prohibió jugar al fútbol
Por parte de la Justicia de la provincia de Río Negro se dispuso una medida contra un hombre que no estaba cumpliendo de manera continua con el pago de la cuota alimentaria para su hija. Por lo tanto, desde el Juzgado de Familia de El Bolsón se determinó que se lo desafilie del club en el cual entrenaba fútbol y se indicó su participación en los partidos, en los entrenamientos y en cualquier actividad que organice la institución hasta que se haga cargo de regularizar la situación.
Con respecto a lo publicado por ADNSUR, esta resolución se adoptó después de que la mamá de la pequeña denunciara la persistencia del incumplimiento más allá de las diferentes acciones judiciales que se habrían impulsado para que se pudiera percibir el cobro de la cuota alimentaria.
Según se indica en el expediente, tiempo antes se aplicaron otras medidas que no habían conseguido que se revirtiera la situación, entre las que se encuentran: la inscripción del padre de la niña al Registro de Deudores Alimentarios, también se le embargaron bienes y se le realizó una denuncia penal por el incumplimiento de sus responsabilidades y deberes con respecto a la asistencia familiar.
Como no había resultado, la jueza decidió que se avanzara con otros tipos de restricciones que se encuentran contempladas en el Código Civil y Comercial. Es decir, la facultad que tienen los magistrados en elegir medidas razonables con el objetivo de que se cumpla la sentencia alimentaria.
En este contexto, se indicó la desafiliación del hombre del club en el que practica fútbol y también se le prohibió su participación en los partidos, en los entrenamientos y en cualquiera de las actividades deportivas que pudiera organizar la institución. Asimismo, se indicó que se notificara al club y a la asociación deportiva con el fin de que esta medida pueda entrar en vigencia de manera inmediata y que se mantenga vigente hasta que surja una nueva resolución judicial.
En cuanto a lo publicado en el portal de TN, la decisión judicial no solo se limitó a lo deportivo. Es decir, la jueza ordenó a las diferentes municipalidades de El Bolsón, de Lago Puelo y de El Hoyo que lo inhabiliten y que no se le renueve la licencia de conducir al padre deudor mientras continúe con el incumpliendo del pago de la cuota alimentaria.
Además, libró oficios a las billeteras virtuales de Mercado Pago, de Ualá y de Tarjeta Naranja para que la mantengas informada en el caso de que el demandado tenga cuentas activas. En el caso de que haya fondos, tendrán que inmovilizarlos y se ejecutará el embargo preventivo.
Según los fundamentos del fallo, la magistrada indicó que las medidas que se adoptaron no buscan generar punitivismo, sino que se generan herramientas con el objetivo de que se garantice el cumplimiento de la sentencia. Asimismo, recordó que el deber alimentario es uno de los derechos fundamentales que tienen los niños, las niñas y los adolescentes. El incumplimiento siempre vulnera el bienestar de los menores.
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