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Prohibieron la venta de juguetes blandos tipo squishy

Por Redacción 31/08/2026 - 14.15.hs

Por parte del Gobierno de la Nación se estableció la prohibición para toda la Argentina la importación, como así también la fabricación, la comercialización o el almacenamiento del tipo de juguetes blandos como el squishy que tienen la forma de dumpling o gyoza (comidas chinas) ya que, después de reiteradas denuncias, se reportó que se encuentran vinculados a posibles riesgos que podrían tener para la salud de los usuarios. 

 

Con respecto a lo publicado por la Agencia Dib, esta medida es para todos los artículos que se encuentren comercializados con el nombre de “Squeezy Duplings”, “Dumpling Squishy con Steamer Box”, “Dumpling Squishy” y “Dumpling Squishy Viral con Glitter y Orbis”. A esta prohibición se le suman todas las versiones genéricas que no tengan marca declarada.

 

El alcance relacionada a la decisión de que se prohíba la venta no solo se limita a eso, sino también a la importación, a la fabricación y a la posterior comercialización de que se retiren las existencias y que se destruyan o se desecharlas de manera inmediata y segura, en relación a la normativa vigente.

 

El eje de esta disposición está asociada a la seguridad de los productos que tiene por destino que lo utilicen las infancias. Con respecto al texto oficial, este tipo de juguetes podrían llegar a contener benceno, ftalatos como otras sustancias químicas tóxicas que pueden ser nocivas ya que concentran químicos superiores a los que son permitidos por las normativas técnicas de seguridad que se aplican en nuestro país. 

 

Asimismo, esta medida se encuentra fundamenta por denuncias y por antecedentes que se encuentran relacionados a la comercialización de juguetes infantiles que serían importados y que podrían llegar a poseer sustancias que son sumamente peligrosas. Algunos de los compuestos que se mencionan en la prohibición podrían llegar a tener potencial cancerígeno y mutagénico. Es decir, los riesgos se encuentran asociados al juguete en contacto directo con la piel o ya sea por su inhalación.

 

Esta determinación por parte del Gobierno nacional alcanza a todo el país y se sustenta en el marco de protección que se encuentra establecido por la Constitución Nacional y la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.

 

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