Destituyen a defensor oficial por haber sido espía en la dictadura
Finalmente ayer el Jury de Enjuiciamiento de Magistrados de Córdoba destituyó al asesor letrado penal José Luis Santi, cuyo nombre apareció en las listas del personal civil de inteligencia que actuó durante la dictadura y que fuera difundido el año pasado por el Ministerio de Defensa.
IRINA SANTESTEBAN
Desde ayer el asesor letrado penal José Luis Santi no pertenece más al Poder Judicial de Córdoba, al que había ingresado en 1975 cuando era estudiante de derecho. Es que en el transcurso del proceso que comenzó el pasado 14 de marzo, y luego de la prueba documental que se agregó al expediente y los testigos convocados tanto por la Fiscalía como por la defensa, quedó acreditado que durante los años 1981 a 1983 perteneció al Destacamento 141 de Inteligencia "General Irribarren", con asiento en la ciudad de Córdoba. Santi tuvo la categoría de "agente de reunión de información", situación que era incompatible con su trabajo en el Poder Judicial, según las normas constitucionales provinciales.
Santi apareció en las listas que se difundieron en febrero del año pasado, del personal civil de inteligencia que actuó bajo el Batallón 601 de Inteligencia (en Córdoba era el Destacamento 141), luego que la presidenta Cristina Fernández, mediante el decreto 4/2010 permitiera la difusión del nombre de dicho personal. El Ministerio de Defensa, en ese entonces bajo la dirección de Nilda Garré, dio publicidad a esa nómina de 4.300 agentes, y así se pudo conocer la situación del hoy ex empleado y ex funcionario judicial.
Legajo abierto.
La denuncia contra Santi fue realizada por el Gremio de los Empleados Judiciales de Córdoba, junto a Claudio Orosz, abogado del sindicato y de las organizaciones de derechos humanos, Hijos y Familiares. Orosz ha sido uno de los querellantes en los tres juicios por los crímenes cometidos durante la dictadura, que se han realizado en Córdoba.
A pesar de la reticencia inicial del Tribunal Superior de Justicia y del fiscal general para comenzar a investigar la denuncia efectuada por los trabajadores judiciales, finalmente y gracias a la prueba aportada por el Ministerio de Defensa, que adjuntó un acta donde se transcribía el legajo microfilmado de Santi, el máximo tribunal cordobés se rindió ante la evidencia y mandó los antecedentes al Jury de Enjuiciamiento para que considerara si se reunían los requisitos para iniciar el proceso de destitución.
Diez puntos.
Hay que destacar no sólo la decisión presidencial de abrir las listas del personal civil de inteligencia que actuó durante la dictadura, sino también la actitud de colaboración del ministerio en ese entonces a cargo de Garré, ya que fueron sus constancias las principales pruebas que ni Santi ni su defensor, Justiniano Martínez, pudieron rebatir.
El acta remitida por Garré transcribía el legajo de Santi, donde figuraba su nombre ficticio como agente de inteligencia: Julio Soto, así como sus calificaciones y la evaluación que de su trabajo hacían sus superiores.
Así, Santi tenía una calificación de 10 puntos en los rubros: Iniciativa, Rendimiento, Disciplina, y mereció una evaluación de concepto del capitán Enzo Molino, en ese entonces uno de los jefes del Destacamento 141, que afirmó "posee sobresalientes condiciones que sumadas a su iniciativa, voluntad y objetividad lo definen como un eficiente agente secreto".
A su vez, el capitán Abelardo Ramos Monso, también del Destacamento 141, al presentar su declaración jurada y aval para entrar al cuerpo de agentes secretos, dijo de él: "Lo conozco en profundidad y con el tiempo y asiduidad de trato suficiente para avalar sus condiciones morales, ideológicas y familiares... el causante es apto para ingresar como personal civil de inteligencia".
Actuaciones.
El jury fue presidido por la ministra Aída Tarditti, integrante del Tribunal Superior de Justicia, y que había sido recusada por el Gremio Judicial por su amistad con Santi, cuestionamiento que el Jury rechazó. Tanto en el transcurso del debate oral como en la dirección del proceso y las preguntas a los testigos, Tarditti demostró no sólo solvencia como magistrada sino también un impecable manejo de un proceso que tuvo una gran repercusión mediática en la ciudad de Córdoba, por tratarse del primer proceso para destituir a un funcionario judicial por su actuación durante la dictadura. En menos de dos semanas, dos magistrados han sufrido la remoción por esta causa: el ex camarista mendocino Luis Miret, y desde ayer, el defensor oficial cordobés.
Uno de los argumentos de la defensa fue que el Jury no tenía competencia para analizar, como causal de "mal desempeño", la actuación de Santi anterior a su designación como magistrado del Poder Judicial. La resolución del Jury analizó diversos casos de destitución, incluida la del juez santafesino Víctor Brusa, quien además está purgando condena por delitos cometidos durante el denominado Proceso. Y llegó a la conclusión que sí se podían analizar los antecedentes, sobre todo porque los mismos no habían sido debidamente informados al Consejo de la Magistratura, al momento de designar a Santi. En efecto, el testigo Ricardo Martínez, quien fue integrante de ese cuerpo que evaluó al espía al momento de su concurso para asesor letrado, como parte del estamento de abogados, declaró en el jury que, si hubiera conocido los antecedentes del postulante como agente de inteligencia "seguramente no lo hubiera aprobado".
A dos puntas.
Otra cuestión que analiza el fallo fue la incompatibilidad, establecida por la Constitución de Córdoba, de pertenecer a dos ámbitos del Estado, sea provincial o nacional. Y quedó acreditado que Santi fue empleado del Poder Judicial desde 1975, y paralelamente, desde 1981 a 1983 se desempeño como personal civil de inteligencia. Como en las declaraciones de los testigos -personal militar que actuó en el Destacamento 141- quedó claro que la información que reunían los agentes provenía de sus ámbitos sociales y laborales, así como de otras situaciones ("huelgas", refirió el ex jefe Roberto Dambrosi), el jury consideró un agravante que el acusado se desempeñara como jefe de Despacho en el fuero penal, donde por su condición tenía acceso a información que podía servirle a la vez como "material de inteligencia".
Asimismo, del debate oral y de la declaración del testigo Juan Vila, ex director de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Inteligencia del Estado (Side) durante el gobierno del presidente Fernando de la Rúa, quedó establecido que la nueva Ley de Inteligencia, la 25.520, marcó una nueva situación, en cuanto a los controles constitucionales que tienen hoy los "servicios" por parte del Congreso, y que obviamente no existían al momento que Santi se desempeñaba como "agente de reunión", derivando la información que recolectaba hacia las autoridades militares en ese entonces bajo el mando de Luciano Benjamín Menéndez en el Tercer Cuerpo de Ejército.
De los informes remitidos por el Ministerio de Defensa también surgió que el ex funcionario judicial siguió actuando como agente de inteligencia luego del 10 de diciembre de 1983, pero que esa información no podía brindarse porque el decreto presidencial 4/2010 sólo autorizaba a brindar la información del personal civil hasta la fecha de finalización de la dictadura militar.
Hito cordobés.
La resolución que destituyó a Santi marca un hito en el Poder Judicial de Córdoba, provincia que sufrió una cruenta represión durante la dictadura militar. La justicia cordobesa había sido inexpugnable hasta el momento, al punto que ninguno de los 102 jóvenes cuya identidad ha sido restituida luego de haber sido secuestrados durante el cautiverio de sus madres, ha nacido en los centros clandestinos que funcionaron en Córdoba durante el gobierno de facto. Se calcula en más de treinta los jóvenes que desconocen su identidad porque fueron apropiados por militares en la provincia.
En la víspera del 35 aniversario del golpe de Estado del 24 de marzo de 1976, es de esperar una efectiva democratización del Poder Judicial no sólo de Córdoba sino de todas las provincias argentinas y también de la justicia nacional.
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