Lunes 29 de abril 2024

¿Por qué las vacunas no son obligatorias?

Redacción 09/12/2021 - 01.26.hs

Resulta por lo menos curioso que cuando el gobierno nacional anunció el comienzo de la vacunación contra el Covid-19 no se estableció la obligatoriedad, para la población, de someterse a esa campaña.

 

JOSE ALBARRACIN

 

"Libertad, ¡cuántos crímenes se cometen en tu nombre!" La frase se le atribuye a Madame (Manon) Roland, en momentos en que se encaminaba a ser guillotinada en 1793, en plena vigencia del período del Terror en la Revolución Francesa. Viene un poco a cuento en estos días, en que en nombre de la libertad se están comenzando a tolerar comportamientos infantiles, cuando no directamente perversos. Comportamientos que ponen en riesgo la propia salud, la propia vida, y la de los demás.

 

Obligación.

 

Resulta por lo menos curioso que cuando el gobierno nacional anunció, en el momento más oscuro de la pandemia, el comienzo de una campaña de vacunación contra el Covid-19, con enorme esfuerzo en la compra de vacunas y en la logística del operativo, no se estableció la obligatoriedad, para la población, de someterse a esa campaña.

 

Cómo es que la cuestión no mereció el más mínimo debate, ni se explicitaron mayores motivos para hacer prevalecer el libre albedrío individual por encima de un evidente bien común como la salud pública y la vida, es un misterio. Si lo que se buscaba era no fomentar la irascibilidad de una minoría antivacunas, el efecto no fue obtenido, ya que de todos modos se alzan -hasta hoy- las voces de quienes se dicen "coaccionados" a cumplir con tan elemental acto de autopreservación.

 

Hay dos datos claros, más de un año después de aquella decisión. El primero, es la inobjetable efectividad de las vacunas, al menos, de las que la autoridad sanitaria nacional autorizó, y se pudieron adquirir. El segundo dato es que, pese a que -reiteramos- se trata de una minoría intensa y ruidosa, la prédica de los escépticos contra las vacunas, no ha tenido entre nosotros mayor predicamento, como sí ha ocurrido en algunos estados de EEUU o de la Unión Europea, cuyos porcentajes de personas inmunizadas son preocupantemente bajos.

 

Voces.

 

Pero si algo demuestra la reciente irrupción de una nueva variante del virus (Omicron) de alta contagiosidad, es que la lucha contra la pandemia necesita redoblar esfuerzos, para evitar por todos los medios la necesidad de reeditar una cuarentena para la cual el humor social no se muestra proclive. Para no hablar de los efectos catastróficos sobre la economía nacional, justo en momentos en que se verifica una trabajosa reactivación.

 

Ya se han levantado voces en este sentido. Una reciente publicación especializada (La Ley, 3/12/21) sostiene que, independientemente del diseño dado por las autoridades sanitarias a esta campaña, la vacunación sí resulta obligatoria para los trabajadores en relación de dependencia, y sobre todo, a los que se desempeñan en las áreas de la docencia, la salud, la seguridad y las áreas claves del Estado.

 

Esta obligatoriedad surgiría -según estas calificadas opiniones- del deber de buena fe en las relaciones laborales, y del deber de poner a disposición la fuerza de trabajo, condición indispensable para que se concrete el objetivo central de la relación de trabajo. Este deber se amplifica, por otra parte, cuando se considera que no es sólo la salud del propio trabajador la que está en juego, sino también el riesgo de que con su conducta omisiva ponga en peligro de contagio a otras personas dentro del ámbito laboral.

 

Cuerpo.

 

Existe un debate interminable con relación a la autonomía de decisión sobre el propio cuerpo, y al eventual derecho de auto-lesionarse. El consumo de sustancias tóxicas es un claro ejemplo de este tipo de conductas. Sin embargo, cabe recordar que, aún con la jurisprudencia relativamente reciente que despenaliza el consumo y la tenencia de estupefacientes para uso personal, la ley que los penaliza sigue vigente, con toda su fuerza punitoria.

 

Vale decir, que el Estado argentino no ha tenido inconvenientes en avanzar sobre la libertad individual para preservar la salud. Otro tanto puede decirse con relación a los fallos que, casi invariablemente, imponen a las personas la obligación de someterse a tratamientos médicos tales como la transfusión sanguínea, aún cuando aleguen razones de conciencia o creencias religiosas en contrario.

 

Si esto ha sido admisible para la justicia argentina cuando se trataba de salvar una vida, tanto más debería serlo cuando lo que está en juego es la salud pública en el marco de una pandemia que ya se ha cobrado más de 116 mil vidas en el país. Y no resulta ocioso, tampoco, recordar que continúa vigente el delito del Código Penal que pena a quienes voluntariamente contribuyan a propagar enfermedades contagiosas.

 

La vacunación no puede ser una opción personal: es un deber público, en particular para quienes están en contacto con poblaciones vulnerables. Un deber como lo es el de votar, el de pagar impuestos, el de completar un cierto nivel de educación, el de testificar en juicio, incluso como lo fue en su momento el servicio militar. El reclamo de una excepción a esta regla general, sea en nombre de supuestas creencias religiosas o -peor aún- de pueriles leyendas urbanas aprendidas en las redes sociales, no debería ser tolerado. Y quienes se mantienen en la negativa deberían sufrir las consecuencias de su actitud necia, comenzando por las económicas. Y siguiendo, por la imposibilidad de acceder a actividades comunitarias como el transporte, la gastronomía y los espectáculos públicos.

 

Es una mera cuestión de honestidad y reciprocidad. Quienes manifiestan una conducta antisocial no pueden quejarse de que se los excluya de integrarse a quienes sí optan por el cuidado propio y ajeno. Porque no existe libertad sin responsabilidad.

 

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