Viernes 26 de abril 2024

Una huella de dignidad jurídica

Redacción 18/07/2023 - 08.42.hs

El reciente fallo de un tribunal metropolitano condenando a un conjunto de policías por el asesinato de un muchacho ha tenido una repercusión que va mucho más allá de lo jurídico. Es que detrás del juicio estaba una duda monumental en cuanto a la imparcialidad de la Justicia cuando se trataba de casos que implicaban a integrantes de estamentos más o menos afines a la institución, la policía en este caso; los ejemplos sobran y aparecen en casi todos los ámbitos políticos de los estados provinciales de todo el país, ocurridos especialmente durante la última década.

 

A la vista de estos sucesos por parte de la policía, a los que se dio en llamar “de gatillo fácil”, se planteó si los uniformados tenían licencia para matar y en tal caso hasta dónde llegaba. Para mayor duda se daban casos desconcertantes donde a los protagonistas, en lugar de ser investigados y, eventualmente sancionados, se los premiaba, como ocurriera en un conocido y controvertido suceso en el que un delincuente juvenil fue herido y rematado en un ámbito turístico de la ciudad de Buenos Aires y su matador distinguido con una entrevista personal con el por entonces presidente Macri. Saber que el encuentro fue promovido por la entonces ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, ayuda a comprender la singularidad negativa de este episodio.

 

Algunos analistas políticos se han preguntado si esta actitud de algunos policías (convengamos que hay una gran parte de integrantes de los diversos cuerpos que se mueven dentro de un marco de corrección profesional) no tienen en su proceder algún resabio de los años de la dictadura militar, cuando la presunción de que alguien militaba en la guerrilla vigente, o aún en la oposición, dejaba la puerta legal abierta para su ejecución siempre en marcos de “resistencia”.

 

Ahora, un Tribunal Oral en lo Criminal, con su ejemplar fallo ha abierto una huella de dignidad jurídica ya que no se amilanó ante presiones ni jerarquías e impuso duras penas a un contubernio que incluía altas autoridades de la policía de la ciudad de Buenos Aires. Además, y no es un detalle menor, precisó en la sentencia el concepto -agravante- de “odio racial”, antes nunca incluido, aunque vigente en el código Penal. La pena impuesta dejó en clarísima evidencia una red de complicidades y tapujos que iba desde el concepto interno de la fuerza armada de “haberse mandado un moco” (en alusión al grave hecho de haber producidos una muerte) hasta la falsa inclusión de un arma, en presunta demostración de que el asesinado iba armado y listo para un enfrentamiento. Como era de presumir en este conjunto de anormalidades también hubo maltratos, torturas y amenazas para los testigos.

 

El fallo refrenda también la existencia de un “racismo estructural”, oculto o disimulados a menudo por el tratamiento de las noticias. Basta ver los informes y mapas de la Organizaciones que se ocupan del tema para advertir que esa clase de discriminaciones “por portación de rostro” son en nuestro país mucho más frecuentes de lo que pensamos.

 

Globalmente considerado el fallo abre una esperanza de marchar hacia una sociedad más justa y una justicia mejor y ás confiables por parte de una sociedad que descree de ella, y con razón. Ampliamente los medios y las instituciones le dan a la sentencia condición de “histórica”, tanto por sus virtudes jurídicas como por el diagnóstico sincero de una sociedad enferma y, evidentemente, necesitada de mayor inclusión diversa y plural, que deje de lado las hipocresías alentadas por algunas instituciones y asuma y cumpla con seriedad lo que dispone la Constitución.

 

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