Domingo 07 de abril 2024

Dictan tres condenas por lesiones

Redacción 20/11/2016 - 00.58.hs

El juez de audiencia, Carlos Besi, condenó a dos hombres a seis y ocho meses de prisión en suspenso por los delitos de lesiones leves calificadas en perjuicio de su pareja y de su ex pareja, respectivamente.
Ambos legajos se iniciaron por el procedimiento de juicio directo. A su vez el juez de control, Gabriel Lauce Tedín, condenó a un tercer hombre a ocho meses de prisión condicional por el mismo delito. Todos los casos se resolvieron en no más de un mes.
En un legajo, Besi, condenó a Alejandro Gabriel Deni a seis meses de prisión en suspenso, por ser autor del delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja previa en perjuicio de su pareja.
Además le impuso las siguientes reglas de conducta por dos años: fijar residencia, someterse al contralor del Ente de Políticas Socializadoras, no relacionarse de ningún modo con la víctima, abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas, y realizar un tratamiento psicológico.
La causa contra el albañil de 19 años se inició el 6 de noviembre a partir de la denuncia presentada por la pareja, se tramitó a través del procedimiento de juicio directo y concluyó con un acuerdo de juicio abreviado convenido entre el fiscal Andrés Torino, el defensor oficial Martín García Ongaro y el propio imputado, quien admitió la autoría del hecho.

 

Alcohol.
Con las pruebas incorporadas a la causa, Besi dio por probado que ese día Deni estaba en el domicilio de sus padres junto a la víctima y la hija de ambos, iniciándose una discusión cuando la mujer le reclamó que dejara de ingerir bebidas alcohólicas porque se tornaba agresivo.
Como consecuencia de ello, el acusado le aplicó un golpe de puño en el rostro a la víctima y la dejó sangrando. Además le dijo que no iba a dejar de beber, que él era el que mandaba y que si no le gustaba la seguiría golpeando. En medio de gritos y llantos llegó la policía -alertada anónimamente por vecinos- y observó a la mujer fuera de la vivienda con sus ropas ensangrentadas, quien indicó que Deni, que estaba a pocos metros, la había agredido.
A pesar de que no estaba previsto en el acuerdo de partes, Besi impuso como regla de conducta la necesidad de que el imputado efectué el tratamiento psicólogo. El juez, en la sentencia, destacó que el abreviado, como salida alternativa, contó con el consentimiento de la víctima.

 

Otra pena.
En el otro legajo, Besi condenó a Adrián Eduardo Cabral a la pena de ocho meses de prisión en suspenso por ser autor del delito de lesiones leves calificadas por el vínculo y violación de domicilio en concurso real; todo ello en el marco de la ley de Protección Integral a las Mujeres.
También le impuso a Cabral la obligación de cumplir con las siguientes pautas de conducta durante dos años: fijar residencia, someterse al contralor del Ente de Políticas Socializadoras, no entrar en contacto de ningún modo con la víctima, abstenerse de usar estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas, y realizar un tratamiento psicológico.
La causa se tramitó por juicio directo a partir de la denuncia presentada por la damnificada el 31 de octubre y concluyó a través de un juicio abreviado tramitado por el fiscal Walter Antonio Martos, el defensor particular Carlos Alberto Pérez Funes y el imputado, un empleado de 38 años.
El magistrado dio por demostrado que el 31 de octubre, a la noche, la víctima se hallaba en su casa con una amiga y Cabral ingresó sin autorización y la golpeó con el puño en la cara, provocándole "una contusión con hematoma y tumefacción en el lado derecho", por lo que la hija de ambos llamó a la policía, quien llegó y detuvo al agresor.

 

Golpe de puño.
Por último, el juez de control Tedín, condenó a José María Massolo a ocho meses de ejecución condicional por los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente, en dos oportunidades, en concurso real con amenazas simples. La víctima fue su pareja de 21 años.
A su vez le fijó como reglas de conducta por dos años, bajo apercibimiento de revocarle la condicionalidad de la pena, la obligación de informar su residencia, abstenerse de relacionarse con la víctima y realizar un tratamiento psicológico.
El juicio abreviado fue presentado por el fiscal Marcos Sacco, la defensora oficial Paula Arrigone y el imputado, un techista y carpintero de 38 años. La damnificada, al ser informada por la fiscalía del acuerdo, prestó su conformidad.
El 13 de octubre pasado, a la tarde, Massolo, según puede leerse en el fallo, le aplicó "un golpe de puño en el rostro a su pareja, en momentos en que se encontraban en el interior del domicilio que compartían, luego de haber mantenido una discusión por dinero. Horas más tarde, el imputado continuó ofuscado, comenzando a golpearla en la cabeza con un jarro de aluminio y propinándole golpes de puño en la cabeza en momentos que la víctima se encontraba con su hija en brazos". En ese contexto, Massolo le manifestó que "el cuchillo que había fabricado era especialmente para matarla, y que si le sacaba a las nenas las mataba también a ellas".

 


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