Lunes 29 de abril 2024

La Pampa irá a la CSJ si el laudo es "pro-Mendoza"

Redacción 15/04/2017 - 01.16.hs

En el pedido de laudo presidencial, La Pampa hizo reserva de ir a la Corte Suprema si entiende que la decisión del Presidente no se ajusta a argumentos técnicos sino a necesidades electorales.
El procurador General de Rentas de La Pampa, Hernán Pérez Araujo, reveló que en su pedido de laudo presidencial por la obra de Portezuelo del Viento, La Pampa dejó planteada su reserva de llevar el tema a la Corte Suprema de Justicia de la Nación en caso de entender que la resolución que deberá tomar Mauricio Macri no se ajusta a argumentos técnicos sino que se tomó en función de necesidades electorales. "En ese terreno estamos en evidente inferioridad ante la 'sociedad política' del gobierno nacional con el resto de las provincias integrantes de la cuenca", disparó el funcionario. La Pampa también activó otros dos procedimientos de resolución de diferendos, ambos en una instancia de menor jerarquía.
El procurador Pérez Araujo -uno de los representantes pampeanos en comités hídricos- comentó ayer que fue él mismo quien presentó el 15 de marzo en Casa Rosa el pedido de laudo presidencial ante disparidad de opiniones que existe entre los gobernadores de la cuenca del río Colorado por la construcción de la represa Portezuelo del Viento, en la provincia de Mendoza. Mientras los otros gobernadores autorizaron el 23 de diciembre de 2016 el inicio de los trámites para construir la megarepresa sobre el río Grande -el más caudaloso de la cuenca-, La Pampa dijo que no.
A resultas de ello, el 4 de abril el ministro del Interior de la Nación, Rogelio Frigerio, impuso de la situación al presidente Mauricio Macri y solicitó su intervención en esta disidencia. "Esta elevación de los antecedentes por parte del ministro del Interior resulta una formalidad ineludible para poder dar inicio al procedimiento arbitral contemplado por el estatuto", explicó Pérez Araujo.

 

Técnico o electoral.
Durante los próximos 30 días las partes deberán presentan los antecedentes del caso y la documentación que fundamenta sus posiciones, según estipula el artículo 28 del capítulo V del estatuto del Coirco.
"Nosotros hemos fundamentado la solicitud de laudo en la presentación que hemos realizado ante el Presidente, y adjuntamos documentación respaldatoria en tres anexos", detalló Pérez Araujo. "No obstante, tomaremos el plazo otorgado por el estatuto para ampliar los fundamentos y, en caso de considerarlo pertinente, agregar documentación", señaló.
El procurador bregó para que el Presidente "teniendo en cuenta todos los argumentos técnicos que le hemos planteado, se expida sin considerar un objetivo meramente electoral", porque en ese terreno La Pampa está "en una evidente inferioridad, ante la 'sociedad política' del gobierno nacional con el resto de las provincias integrantes de la cuenca".
Sopesando esta relación de fuerzas "hemos hecho reserva de solicitar la revisión judicial del laudo arbitral ante la Corte Suprema", informó Pérez Araujo.

 

Más disidencias.
Este es el primer procedimiento arbitral a nivel presidencial al que se llega por primera vez en la historia de Coirco. Está referido, específicamente, a la aprobación o no de la obra de Portezuelo del Viento.
"Además -señaló el procurador general de Rentas-, hemos solicitado que se inicie un segundo procedimiento de resolución de diferendos ante la disidencia planteada sobre la aprobación de las normas de primer llenado; y pedimos, en consecuencia, que el ministro del Interior convoque al Consejo de Gobierno". En este caso, el conflicto está referido a quién será la autoridad de aplicación de las normas del primer llenado del embalse. A fines del año pasado, las otras provincias de la cuenca -Mendoza, Neuquén, Río Negro y Buenos Aires- apoyaron una propuesta que deja esa responsabilidad en manos del Departamento General de Irrigación mendocino, relegando al Coirco al rol de "órgano de control".
El segundo proceso de "resolución de conflictos" es más reciente. Comenzó el 4 de abril cuando se puso a votación otro aspecto clave para el futuro de la cuenca: quién manejará la represa. En esa discusión terminó por imponerse la postura pampeana pero con una redacción donde omite toda referencia a un "caudal fluvioecológico" y se limita a mencionar un "caudal mínimo".
"En referencia a esta omisión en el texto, es que hemos votado negativamente y solicitado un nuevo y tercer procedimiento de resolución de diferendos", indicó Pérez Araujo. Esta diferencia se produjo en el seno del comité técnico del Coirco, es decir, una instancia subordinada al Consejo de Gobierno, que es el órgano de decisiones políticas de la cuenca.
La disidencia pasará ahora al Consejo de Gobierno, y de no haber acuerdo en ese nivel, terminará también en el despacho presidencial.
"El caudal mínimo ecológico o fluvioecológico no es una cuestión menor ni terminológica", remarcó el funcionario. "Esto, que demanda nuestra provincia también en el juicio contra Mendoza por el Atuel, si consigue un laudo favorable para las posiciones mendocinas por parte del presidente Macri, se estaría juzgando una cuestión que está sometida a la competencia de la Corte Suprema de Justicia, lo que representaría una evidente exacerbación de las funciones presidenciales", advirtió.

 


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