Sabado 27 de abril 2024

Entra en vigencia el DNU

Redacción 29/12/2023 - 00.23.hs

El presidente Javier Milei presentó su Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) la semana pasada; un documento que apunta a reformas estructurales en materia económica, social y política, entrará en vigencia hoy, ocho días después de su publicación en el Boletín Oficial.

 

El decreto podrá ser tratado por el Congreso de la Nación, donde debe ser validado inicialmente por la Comisión Bicameral y luego aprobado por mayoría por una de las dos cámaras legislativas. Además, el Poder Judicial también tiene la facultad de considerarlo como invalido.

 

La Comisión Bicameral de Trámite Legislativo consiste en un grupo de 8 senadores y 8 diputados encargados de analizar si el Poder Ejecutivo cumplió con los requisitos de forma como los plazos y si está justificada la "necesidad" y la "urgencia".

 

Sin embargo, el tratamiento del DNU verá un obstáculo tras el dictamen de la comisión bicameral: debido a las sesiones extraordinarias convocadas por el propio gobierno nacional, el paquete de medidas que apunta a desregular la economía no podrá votarse en el pleno de ninguna de las dos cámaras legislativas hasta el 1 de marzo.

 

Vigente.

 

Durante todo ese tiempo, el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) permanecerá vigente desde el primer día hasta un eventual rechazo a manos de alguno de los dos poderes. Las reformas tendrán efecto durante un mínimo de dos meses y, en este marco, las más de 300 reformas incidirán en la realidad económica, política y social del país.

 

Cada uno de los DNU promulgados por el poder Ejecutivo deben tener un paso previo por el Congreso. A lo largo del proceso, donde los legisladores analizarán si aprueban o no la medida, mantendrá fuerza de ley.

 

Una vez que el Jefe de Gabinete presente el texto en el recinto legislativo, la Comisión Bicameral debe elevar un dictamen que cuente con la firma de la mayoría absoluta de sus miembros a ambas cámaras, también dentro de 10 días. En este dictamen, la Bicameral deberá expedirse sobre la validez o invalidez del decreto y sobre la procedencia formal y la adecuación a las bases de la delegación y al plazo fijado para su ejercicio.

 

Apelación.

 

Por otra parte, la Confederación General del Trabajo (CGT) apeló ayer el fallo que rechazó el pedido para la declaración de inconstitucionalidad del DNU para que defina la Cámara Nacional del Trabajo.

 

La central obrera apeló el fallo de José Luis Ramonet, quien consideró que la presentación fue contra un DNU que no estaba puesto en vigencia, ya que empieza a aplicar a partir de hoy en función de los ocho días luego de publicado en el Boletín Oficial.

 

"De entrar en vigencia, habría derechos colectivos afectados - como por ejemplo lo relativo a la regulación de las medidas de acción directa-, pero ello debería ser necesariamente cuestionado ante la existencia misma de un conflicto de estas características que, al menos en la demanda, no se especifica", concluyó el juez.

 

"Lo expuesto no significa sentar posición acerca de la validez constitucional del decreto cuestionado en general, y de las regulaciones laborales que contiene en particular, sino solamente sostener que, a criterio del suscripto, no se dan las condiciones para el dictado de una medida como la solicitada con carácter interino", había advertido el juzgado.

 

Tras el rechazo, la CGT apeló ese fallo de primera instancia y el juez le concedió el recurso a la Cámara Nacional del Trabajo, tribunal que definirá. (Ambito/NA)

 

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