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Miércoles 11 de marzo 2026

Extendieron la conciliación obligatoria

Redacción 11/03/2026 - 00.38.hs

El Ministerio de Capital Humano sancionará a la empresa FATE, que anunció su cierre y el despido de más de 900 trabajadores, debido al “incumplimiento de pago a los empleados durante la conciliación obligatoria”, se informó en un comunicado al que accedió la Agencia Noticias Argentinas.

 

Además, en el marco del conflicto laboral con el Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (Sutna), la cartera que dirige Sandra Pettovello resolvió prorrogar la instancia conciliatoria con vencimiento el 11 de marzo de 2026, por el período de cinco días, “con el objetivo de continuar promoviendo el diálogo entre las partes y alcanzar una solución”.

 

En ese marco, se detalló que el Gobierno nacional inició “el sumario correspondiente a la empresa FATE por el incumplimiento de pago de los salarios correspondientes a la segunda quincena de febrero, lo cual constituye una violación de la conciliación obligatoria dictada oportunamente”.

 

En las últimas horas se supo que el Sutna impulsa un proyecto de ley en la Legislatura bonaerense para declarar de “utilidad pública” la producción de la planta de neumáticos FATE para garantizar la continuidad de esa firma y para que se haga cargo temporalmente el gobierno de la provincia de Buenos Aires.

 

Desalojo.

 

Cabe destacar, que la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo penal de San Isidro resolvió el lunes, revocar la orden de desalojo del predio de FATE, en el partido de San Fernando. Por unanimidad, la Sala II revocó la orden de lanzamiento dictada el 18 de febrero por el Juzgado de Garantías 4.

 

La resolución salió a raíz de la apelación del titular del Sutna, Alejandro Crespo. La orden de lanzamiento argumentaba que se trataba de un conflicto laboral, y no de una causa penal.

 

Según publicó Ambito, los jueces resolvieron que es “un conflicto laboral en el marco del cual los operarios de la empresa Fate S.A. han decidido tomar una vía de acción directa e ingresar a la fábrica donde trabajaban en defensa de sus puestos de trabajo. La huelga, como expresión más pura del reclamo, se encuentra reconocida como derecho en el artículo 14 bis de la CN y se trata de un medio de acción directa, de carácter colectivo, destinada a preservar o conquistar derechos o intereses de los trabajadores.”

 

Y agregaron que "la afectación de un derecho constitucional con relación a los trabajadores, a quienes se lanzaría del inmueble, importaría un gravamen irreparable que justifica ingresar al tratamiento del presente recurso”.

 

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