Viernes 23 de mayo 2025

Justicia ordenó liberar a José López

EL TRIBUNAL CONCEDIO LA LIBERTAD CONDICIONAL

Redacción 06/11/2021 - 09.24.hs

El Tribunal Oral Federal (TOF) número 1 de la Ciudad de Buenos Aires resolvió excarcelar al ex secretario de Obras Públicas José López, tras fijarle una caución de más de 14 millones de pesos y verificar la identidad de los fiadores propuestos por el ex funcionario, condenado por enriquecimiento ilícito, que estará ahora sometido a un régimen de libertad condicional.

 

"Habiéndose cumplido con la audiencia señalada en el día de la fecha, luego de verificarse la identidad de los fiadores propuestos por José Francisco López, quienes en ese acto se comprometieron a cumplir con las obligaciones que reviste su calidad como así también que se corroboró la titularidad registral de los bienes ofrecidos en garantía, concluimos que se encuentra garantizada y cubierta la caución personal de catorce millones quinientos mil pesos ($ 14.500.000) impuesta en función de la excarcelación en términos de libertad condicional", señaló el Tribunal.

 

La decisión de los magistrados Adrián Federico Grünberg, José Antonio Michilini y Ricardo Ángel Basílico, contó con el dictamen favorable del fiscal federal Miguel Ángel Osorio, y dispone que la excarcelación "se haga efectiva en el día de la fecha y desde el lugar donde se encuentra alojado" López.

 

Custodia.

 

En ese sentido, los magistrados señalaron que el ex funcionario estará "bajo la exclusiva custodia del Programa de Protección a Testigos e Imputados del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, y a disposición del Tribunal Oral Federal (TOF) número 7 de esta Ciudad.

 

Ese Tribunal es el que tiene a cargo la denominada causa de los "cuadernos", en la cual el ex secretario figura como "arrepentido". "En lo que respecta a las reglas impuestas a López en el marco de la excarcelación en términos de libertad condicional otorgada, hágasele saber al Programa que, una vez definido su lugar de residencia definitiva, deberán informarlo fehacientemente a esta sede por los medios que considere adecuados, como así también sobre cualquier cambio que deban realizar de ese domicilio", se consignó en el fallo del TOF 1.

 

(Télam)

 

'
'