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Martes 23 de diciembre 2025

La Justicia ordenó al Banco Central que informe sobre envio de oro al exterior

Redaccion Avances 23/12/2025 - 09.06.hs

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala V, ordenó a la gestión presidencial de Javier Milei que informe respecto a la ubicación de las reservas del Banco Central que envió al exterior en junio de 2024. La decisión judicial revocó un fallo anterior que impedía acceder a la información sobre el destino de los lingotes de oro. 

 

En el escrito que se conoció este lunes, la Justicia aclaró que el Estado tiene el deber de garantizar la seguridad y la protección de sus reservas, pero afirmó que la reserva total de la información sin fundamentación adecuada, es violatoria de los principios de transparencia y buena fe.  

 

Asimismo, echó por tierra con las explicaciones que dio el Banco Central cuando el fallo de primera instancia lo favoreció y, en esta oportunidad, la Sala V consideró la negación de brindar información es  “una restricción al derecho de acceso a la información pública, restricción que requiere, para su validez, ser razonable”.

 

“La forma en que la demandada respondió a los requerimientos de la actora (alegando genéricamente la reserva o secreto, o un hipotético peligro para el sistema bancario o financiero, o citando una norma de la ley) resulta incompatible con los principios de publicidad, máxima divulgación y transparencia, máximo acceso y buena fe e impiden al tribunal verificar si tal negativa es legítima o razonable”, explica el documento judicial. 

 

“Los fundamentos invocados para fundar su negativa con respecto al pedido en concreto, resultan meras afirmaciones genéricas y no logran demostrar de manera detallada las razones por las cuales su entrega constituye un peligro para el sistema financiero o bancario o podría perjudicar los intereses del sujeto obligado y tampoco aportó ningún elemento de prueba que permita al tribunal comprobar que efectivamente se verifica alguna de las excepciones normativamente previstas”, agrega el texto.

 

Además de revocar el fallo de primera instancia, los jueces Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani resolvieron “hacer lugar a la acción interpuesta y ordenar a la parte demandada que proporcione la información pública requerida en las presentaciones efectuadas ante el Banco Central de la República Argentina o, en su caso, que indique circunstanciadamente y, punto por punto, la conexión entre determinado aspecto de la información requerida y lo expresado por la parte demandada en torno a que su entrega constituye un peligro para el sistema financiero o bancario o podría perjudicar los intereses del Banco Central de la República Argentina”.   

 

En el mismo sentido, aclararon que conocer esa información es “un asunto de indudable interés público como es la administración de las reservas por parte del Banco Central de la República Argentina, lo cual se vincula a su vez con la transparencia de las contrataciones públicas y su difusión y la publicidad de los asuntos de gobierno”.

 

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