Miércoles 18 de junio 2025

El IPAV sólo rendía dos días al mes

Redacción 26/02/2009 - 03.44.hs

Ayer un testigo mostró cómo el IPAV rendía dos veces por mes cuando debía hacerlo todos los días. Peres -y su vocal- dice que firmaba sin mirar e insiste que la culpa es de los empleados.
La defensa de los imputados pareció querer inducir al jury a pensar -luego de la declaración de los testigos pedidos por su presidente Natalio Peres y el vocal Rubén Rivero- que el Tribunal de Cuentas es, en realidad, un cuerpo de relatores cuyos jefes, contadores, vocales y presidente cumplen una función poco menos que decorativa. Estos últimos, sobre todo, de acuerdo a la estrategia de la defensa, están tan decorativamente cobrando sus altos sueldos del estado que aprueban las rendiciones de cuentas mensuales de los organismos que constitucionalmente tienen la obligación personal de fiscalizar, sin mirarlas. De esta forma, concluyen, si hay problemas, la culpa es de los empleados.
No obstante, y pese al desfile de los testigos de la defensa que eran funcionales a la estrategia de los acusados, quedó en claro con el testigo Silvio Alejandro Alvarez -pedido por la fiscalía-, que las irregularidades en la presentación de las rendiciones de cuentas diarias y mensuales del IPAV eran tantas y tan graves que nunca pudieron dejar de ser observadas por las autoridades. Si no lo hicieron desnudaría, sin lugar a dudas, la grave negligencia en el control que sostiene la procuración y que es la causa del pedido de destitución.

 

La sorpresa de Hernández.
En su didáctica testimonial, Alvarez -que apoyó su exposición con una presentación de diapositivas de su notebook para que todos entendieran de qué se hablaba con las irregular rendición y aprobación de los recursos y gastos del IPAV-, puso en evidencia que no solo los números de las rendiciones no concuerdan y que al Tribunal de Cuentas se le pasa el elefante de una cuenta pese a la cantidad de elementos que tenía para sospechar que tal cuenta existía, sino además, y escandalosamente, que el IPAV presentaba sólo dos rendiciones diarias al mes y nos las veintiuna o veintidós que normalmente debe entregar cualquier organismo al órgano de control.
Esto es, pese a que la ley fija que todos los organismos deben rendir diariamente al Tribunal de Cuentas sus recursos y gastos, el IPAV no lo hacía. Por ejemplo, demostró Alvarez, en el mes de enero de 1999, el IPAV solo presentó dos rendiciones diarias.
Es tan evidente que esto es una irregularidad, que un testigo de la defensa, el contador Agustín Hernández, contador general de la provincia y ex presidente del Tribunal de Cuentas, cuando el procurador le pidió que mirara esa rendición mensual y la comparara con las que él controlaba cuando era titular del organismo, exclamó: "pero... ¡esto es una rendición diaria!" al darse cuenta que se trataba de una carpeta finita con unos pocos papeles en su interior. No, no era una rendición diaria, era una rendición mensual con solo dos rendiciones diarias en su interior.

 

Aprobar sin mirar.
La sorpresa de Hernández no dejó dudas sobre lo evidente que resultaba para cualquiera que viera esa rendición, que habia algo raro. A partir de este hecho, la ausencia de rendiciones diarias del IPAV al Tribunal de Cuentas y su ilegal reemplazo por rendiciones quincenales, el jurado pudo comenzar a entrever de qué forma era posible que en el IPAV se robaran fondos públicos de la forma en que se hacía y el Tribunal de Cuentas no observaba nada. Porque si el Tribunal de Cuentas dejaba pasar un control tan formal como la obligación de rendir diariamente -aún cuando no hubiera movimientos debía pasarse un parte diario indicando que no hubo movimientos-, es posible entender que el descontrol era la norma y no la excepción en la fiscalización del IPAV. Más aún porque esas rendiciones diarias llegaban a la Sala integrada por el presidente Natalio Peres y el vocal Ruben Rivero añadidas a las rendiciones mensuales -como quedó en claro ayer en la exposición de Alvarez que mostró esas rendiciones en carpetas amarillas que dejaron atónito a Hernández- para que ambos dicten sentencia y en todos los casos las aprobaron, aseguran, sin mirarlas.
Si las carpetas que aprobaban Peres y Rivero en la sala solo tenían dos rendiciones diarias cuando debían tener veintidós -un hecho tan evidente que Hernández le notó aún sin abrir la carpeta- eso se podía observar a simple vista en el grosor de la carpeta y debió haber despertado la curiosidad si no el celo controlador, de los que así firmaban una aprobación.

 

Redondeos sospechosos.
Alvarez también puso en evidencia que había otras cosas que debieron -por lo menos-despertar las sospechas del Tribunal de Cuentas. Números que no coincidían, sumas redondas en muchas operaciones (algo totalmente inusual en los números del estado). No obstante estas rendiciones pasaban todos los controles. El de los relatores, el de los jefes de relatores e, increíblemente, el del presidente y vocal del Tribunal de Cuentas que firmaban las sentencias y son, de acuerdo a la Constitución los que deben "fiscalizar la percepción e inversión de la renta pública".
También quedó en claro que el Tribunal de Cuentas no podía dejar de controlar los llamados "gastos de inspección", un ingreso a la cuenta "fantasma" 10313 del IPAV que es del 2% del monto de todas las certificaciones pagadas a las empresas. Ese monto está presupuestado y se retenía de los pagos a las empresas que llegaban al tribunal. ¿Por qué nunca se preguntaron sobre dónde iba esa plata si era una retención legal?

 

Resoluciones inexplicables.
Comparecieron luego los testigos de la defensa Susana del Carmen Antonelli, actual directora de Rentas de la municipalidad y ex jefa de relatores del TdeC, y Luis Cesar Camiletti, contador fiscal del TdeC. A ambos los abogados llevaron para el consabido punto de descargar todas las responsabilidades del control en los relatores o en la Contaduría General de la provincia y, en el caso del defensor de Peres, en el vocal de la sala, esto es, en Rivero, el otro acusado.
Camiletti, no obstante, aportó un dato revelador sobre el descontrol cuando dijo que luego de la auditoría en el IPAV que descubrió las irregularidades en los años 1999-2003, el presidente del TdeC, Natalio Peres, dictó dos resoluciones -números 19 y 20/04-estableciendo que las rendiciones de cuentas deben ser diarias. Cuando el procurador le preguntó por qué el presidente dictó una resolución repitiendo algo que hacía más de treinta años estaba establecido a través de la norma 103/69, titubeó y no se entendió bien lo que dijo.

 


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