Lunes 19 de mayo 2025

Condenado por asesinato inicia juicio a la provincia

Redacción 10/04/2009 - 01.38.hs

El abogado Juan Manuel Hernández, patrocinando a uno de los implicados en la muerte del empresario español, iniciará un contencioso administrativo. La Provincia sería demandada por suma millonaria.
Un error "muy grave" del ex juez Jorge Howe, hoy jubilado, podría determinar que el Estado provincial tenga que pagar un monto muy importante en concepto de "daños y perjuicios" a Miguel Angel Roldán Pereyra, uno de los dos acusados de haber dado muerte al empresario español Moneo Simón.
La Cámara del Crimen nº 1 le había impuesto la pena de prisión perpetua a Oscar Ceferino Paulino y Miguel Angel Roldán Pereyra, en calidad de "coautores materiales y penalmente responsables del delito homicidio doblemente calificado por alevosía y 'críminis causa' (artículo 45 primera parte, primer supuesto, y 80, incisos 2 y 7, ambos del Código Penal).
Contra esa resolución oportunamente los abogados Pablo Luis Girard y Juan Manuel Hernández Gómez, interpusieron ante el Tribunal de Impugnación Penal un recurso en base a lo previsto en los artículos 429 y 433 del Código de Procedimiento Penal. Los profesionales alegaron "la flagrante nulidad del acta que documenta la indicación que hiciera Roldán Pereyra del lugar donde estaba enterrado Moneo Simón, frente al juez a cargo de la instrucción", Jorge Howe, hoy jubilado.

 

Declaración nula.
Sostienen que esa declaración fue "efectuada con una ostensible inobservancia de elementales garantías constitucionales, tales como la defensa en juicio y violación del principio de estado de inocencia", e infieren que se obligó a su defendido "a declarar y actuar contra sí mismo". Y agregan más, que esa declaración fue obtenida "contra su voluntad luego de habérsele aplicado (a Roldán Pereyra) una 'coerción física' tal que le dejó lesiones visibles en su rostro y cuerpo". El implicado fue requerido por el juez Howe sin la asistencia de un abogado lo que fue calificado por Girard como "un error muy grave". Error que por otra parte no dejaron de hacerle notar en diversos escritos incorporados en el expediente, al que el magistrado hizo caso omiso. "Roldán Pereyra no debió haber llegado al juicio oral en la Cámara" de considerarse el yerro judicial en la etapa de instrucción. Esos fueron los argumentos esgrimidos por los abogados ante el T.I.P. para pedir la absolución de su defendido, a lo que ese tribunal hizo lugar el 15 de enero de 2009.
Es decir, de los dos condenados por la Cámara del Crimen nº 1 el que deberá cumplir la condena a prisión perpetua es Paulino, en tanto que desde entonces Roldan Pereyra está en libertad, y no existe la posibilidad que pudiera volver a ser juzgado.

 

El hecho.
La muerte de Moneo Simón se produjo en el campo La Bolsa, ubicado a 5 kilómetros del cruce de las rutas 10 y 11, en proximidades de la localidad de Luan Toro. Allí apareció enterrado, dos meses y medio después que desapareciera, y se especulaba que el móvil del crimen se habría originado en una discusión con aquellos dos individuos.
En principio el juez Jorge Luis Howe también ordenó la detención del productor rural "Densy" Andrada, dueño del establecimiento donde encontraron a Simón, pero después se comprobó que nada había tenido que ver con su muerte. Andrada dijo en su momento que el 1 de diciembre de 2007, al ingresar a La Bolsa, se encontró con una camioneta que interrumpía el paso. Luego de unos minutos llegó Ceferino Paulino -un ex socio de Moneo Simón- y cuando le preguntó por qué había estacionado el vehículo en la tranquera le contestó que se le había pinchado una cubierta. Posteriormente Andrada le habría facilitado un crique y habría ingresado al campo a pasar la noche sin sospechar que allí habían matado a Moneo Simón.
Paulino habría sido quien primero golpeó al empresario. Según se pudo establecer en la reconstrucción, el otro sospechoso, el ex enfermero Miguel Roldán, se habría encargado de sepultar el cuerpo del empresario español. El 2 de marzo los dos fueron detenidos.
Después la Cámara determinó la prisión perpetua.

 

Omisión y revocatoria.
La omisión del estado de proveer al imputado Roldán Pereyra "de una asistencia técnica, frente a una persona que aparece manifestando su voluntad en circunstancias harto sospechosas de validez y legalidad -en su persona se constataron golpes que él atribuyó a violencia física ejercida en General Pico- tiñe a toda esta diligencia de imposibilidad probatoria de ser utilizada en contra de este imputado, de ser valorada en su contra, por imperio de la regla de exclusión, no pudiendo prevaler el Estado de actividad no lícita por él consentida, aún si el fin fuere esclarecer un ilícito".
Así las cosas el T.I.P. -con el voto de Verónica Fantini y Pablo Balaguer- decidió "hacer lugar al recurso de impugnación planteado a favor de Miguel Angel Roldán Pereyra en cuanto a la inoponibilidad contra él de los datos que surgen del acta" a que se hace referencia, "por aplicación de la regla de exclusión frente a una prueba que vulnera garantías constitucionales del imputado por haber carecido de asistencia técnica al tiempo de brindar los datos que lo incriminaban".
A consecuencia de ello el Tribunal de Impugnación Penal revocó la sentencia y absolvió a Roldán Pereyra; y en cambio confirmó la prisión perpetua a Oscar Ceferino Paulino. Eso aún cuando la Cámara había manifestado que los dos debieron haber actuado para matar a Simón.
La prueba contra Roldán Pereyra "es nula de nulidad absoluta, es lo que en derecho se conoce como 'la teoría de la manzana prohibida', son pruebas que no pueden usarse, dijo Girard.

 

Contencioso administrativo.
Se conoce que con todos estos elementos el abogado Juan Manuel Hernández Gómez está ya trabajando en un contencioso administrativo "por daños y perjuicios" ocasionados a su cliente, Roldán Pereyra, en una demanda que podría costarle una suma quizás millonaria al Estado provincial.
El argumento central de la presentación tiene su base en la caída del procesamiento de Roldán Pereyra por el error de la justicia. Será en los próximos días "por los plazos de la prescripción".
Algunas preguntas que quedan flotando es: ¿en qué situación queda el juez que cometió el error y que podría provocar una gran pérdida en dinero a la Provincia? Se sabe que Howe hace meses que está jubilado, que esa condición no la va a perder, y también resulta obvio que no es viable un juicio político porque ya no está en funciones.
¿Y entonces? ¿Podría suceder que el Estado provincial, de resultar perdidoso en el contencioso administrativo vaya contra el ex magistrado y por ejemplo que se le embargara parte de su jubilación? Todavía falta para eso, pero parece increíble que un error tan manifiesto no haya merecido consideración alguna, por ejemplo, del Colegio de Magistrados, y que en realidad nadie -más allá del abogado que iniciará la querella y su cliente- pareciera tener en cuenta la gravedad de lo sucedido.

 


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