Viernes 20 de junio 2025

El TOF deberá publicar sus fallos

Redacción 26/06/2013 - 01.42.hs

En el acuerdo del más alto tribunal del país se habló de "transparencia y publicidad" en la gestión de gobierno, y de buscar, por parte de la sociedad, "una comprensión más acabada quehacer judicial".
A partir de ahora el Tribunal Oral Federal de Santa Rosa deberá publicar todas sus sentencias. Así lo dispuso la Corte Suprema de Justicia, esta semana, a través de una acordada firmada por seis de sus siete integrantes. La medida se basa "en la transparencia y publicidad de la gestión de gobierno como pilar de una sociedad democrática, y en el derecho de los ciudadanos de acceder a la información pública", señaló el tribunal en los considerandos.
El acuerdo que rubricaron el martes los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay establece una obligación que excede al TOF pampeano. Dice que "las cámaras federales o nacionales, así como los tribunales orales, sin excepción alguna, publicarán -exclusivamente- todas las sentencias, acordadas y resoluciones administrativas que suscriban a través del Centro de Información Judicial; ello, con los resguardos legales que adoptaran los tribunales respectivos, según corresponda, en orden a la tutela de los derechos personalísimos de quienes, por ser parte o terceros en el proceso, pudieran resultar afectados por la difusión de datos protegidos".
Actualmente, el Tribunal Oral Federal local, que preside José Mario Triputti y completan los vocales Marcos Aguerrido y Pablo Díaz Lacava, solamente publicaba a través del CIF los fallos de mayor trascendencia pública. Cuando se notifique oficialmente de la novedad -hasta ayer no había llegado- tendrá que publicitar cada uno de sus actos.

 

Publicidad de los actos.
Más allá de la resolución, lo que adquiere gran importancia son además los considerandos del alto tribunal. Este indicó que "en un pronunciamiento reciente esta Corte ha tenido oportunidad de subrayar el lugar eminente que corresponde en una sociedad democrática al derecho de acceso a la información pública", en alusión a una sentencia donde advirtió que "la transparencia y publicidad de la gestión de gobierno son pilares fundamentales de una sociedad democrática; y reconoció que el fundamento central del acceso a la información en poder del Estado consiste en el derecho que tiene toda persona a conocer la manera en que sus gobernantes y funcionarios públicos se desempeñan".
Agregó que "el principio de publicidad de los actos de gobierno es inherente al sistema republicano establecido en la Constitución Nacional, por lo que su cumplimiento es una exigencia ineludible para las autoridades públicas. Ello posibilita a los ciudadanos el derecho al acceso a la información del Estado a fin de ejercer el control sobre las autoridades públicas, facilita la transparencia de la gestión y mejora la comunicación al otorgarles a aquellos cabal conocimiento de los actos de gobierno".
Los ministros, al referirse a la publicidad de las sentencias, remarcaron que la Corte "ha reconocido el derecho a su difusión, en la medida en que se reproduzca una información objetiva, persiguiendo un interés público (...) En otro asunto de la misma especie, con igual rigor también, se ha dicho que es esencial en todo sistema republicano la publicidad de los actos de gobierno, entre los que se encuentran las sentencias (...) Esa es la razón por la cual están llamadas a ser difundidas (...) Es por ello que, cuando la difusión de esos actos se produce a través del periodismo, se esta potenciando la señalada característica y, de esa forma, respetando la verdadera naturaleza de aquellos, en adecuada consonancia con los principios que informan el sistema constitucional".
Finalmente, la Corte indicó que "en su condición de órgano superior de la organización judicial argentina, ha dispuesto medidas para promover la difusión de las decisiones judiciales con el objeto de permitir a la comunidad una comprensión más acabada del quehacer judicial. Esta fue, precisamente, una de las razones por las que fue creada la Dirección de Comunicación Pública, en el marco de una política de comunicación abierta, y con la declarada finalidad de dar transparencia y difusión a aquellas".

 


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