Crean plan de viviendas para adultos mayores y personas con discapacidad
El Gobierno provincial oficializó la creación del Plan Provincial de Viviendas Sociales para Personas Mayores y Personas con Discapacidad. Las unidades ejecutoras serán los municipios y las comisiones de fomento.
La propuesta había sido anticipada a fines de diciembre del año pasado por el gobernador Sergio Ziliotto. Durante un acto en Quemú Quemú, anunció “una nueva operatoria del IPAV, orientada a un sector de la sociedad que demanda respuestas en tiempos de una gran estrechez económica y financiera: las personas con discapacidad y las personas mayores".
Esta iniciativa ahora se oficializó a través del Decreto Nº 314, del 7 de marzo, a través del cual se aprueba el "P Plan Provincial de Viviendas Sociales para Personas Mayores y Personas con Discapacidad. El mismo tendrá como destino la construcción de viviendas, en todas las ciudades y localidades de la Provincia, mediante la suscripción de convenios con los Municipios y Comisiones de Fomento, en calidad de unidades ejecutoras".
Los que adhieran "tendrán a su cargo la contratación y ejecución de la totalidad de la obra, como así también proveerán los terrenos en donde se asentarán las viviendas, dotados de la infraestructura básica y realizarán los trámites correspondientes a subdivisión, mensura y transferencia al IPAV de las viviendas construidas".
El monto a otorgar a los municipios y comisiones de fomento en su calidad de unidad ejecutora será de 33.827,46 UVIs, por unidad de vivienda nueva que se construya. "El aporte solo será otorgado a aquellas unidades ejecutoras que hayan adherido a la Ley N° 1557, de incorporación al débito automático de los agentes de su dependencia", añade la normativa.
El monto estará a cargo del Ipav y se financiará "con fondos provenientes de Rentas Generales y/o recursos propios de dicho Organismo, en carácter de Aporte No Reintegrable al municipio o comisión de fomento adherente".
Destinatarios.
El decreto establece que "los destinatarios de las viviendas sociales a adjudicar en condición de comodato, son personas mayores de 60 años, solas o en matrimonio/concubinato/unión convivencial, sin hijos o personas a cargo, debiendo en estos últimos casos, cumplir ambos el requisito de edad. Asimismo serán destinatarios de las viviendas sociales en condición de comodato, personas con discapacidad, solas o en matrimonio/concubinato/unión convivencial, sin hijos o personas a cargo. Los beneficiarios serán propuestos por el Municipio e inscriptos en el Organismo de Vivienda, cuyos ingresos no superen el importe de la jubilación mínima". En relación a las viviendas a construir, deberán "responder al prototipo que al efecto proveerá el IPAV".
Finalmente, se facultó a la presidencia del Instituto a reglamentar el Plan y a rubricar los Convenios Particulares de ejecución que se firmen con los Municipios y comisiones de fomento que adhieran al mismo".
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