Martes 16 de abril 2024

Juicio por jurados: ¿Cuándo se implementarán en La Pampa?

Redacción 19/01/2022 - 08.15.hs
(Df. Diario Río Negro)

La Constitución de Argentina de 1853 ordena en tres artículos que todos los juicios deben ser por jurados. Sin embargo, recién a comienzos de este siglo fue que esa deuda comenzó a saldarse, y ahora es un fenómeno que se replica en el país, con algunas excepciones, como por ejemplo La Pampa.

 

Llama la atención cómo nuestra provincia va quedando rezagada en esta tendencia, y pareciera que no hay ni un atisbo de voluntad de parte de los diputados provinciales para discutir la ley para su reglamentación. De los legisladores consultados al respecto por LA ARENA, solo uno llegó a decir: "alguna vez lo hemos charlado de forma informal". Hasta ahora, los pampeanos que más cerca han estado de un juicio por jurado fueron algunos alumnos de secundaria que participaron en simulacros.

 

Constitucional.

 

La Corte Suprema de Justicia dictaminó en 2019 que este tipo de juicios son constitucionales, y posteriormente el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de La Pampa se comprometió en colaborar en caso de que aquí se decida avanzar en ese sentido. "Siempre la decisión de un grupo de personas tiene más posibilidades de acercarse a lo que es justo que a la decisión de una o tres personas", había declarado en ese entonces el juez Néstor Ralli. "Me parecería bárbaro que se aplique acá", sentenció.

 

Sin embargo, pese a los elogios de Ralli y otros jueces a este sistema, no es el Poder Judicial quien debe determinar su reglamentación, sino el Legislativo, y ahora está en manos de nuestros diputados la decisión de adherirse o no a un sistema que cosecha loas en diversas partes del mundo.

 

En Argentina.

 

Por ejemplo, Cambridge University Press, la editorial más antigua del mundo de habla inglesa, le dedicó un capítulo entero al jurado argentino en su libro "Juries, Lay Judges and mixed courts. A global perspective", que resume el estado de situación. Dice la publicación: "A pesar de que los juradistas del país enfrentaron oposición, derrotaron a las resistencias, y las cortes de apelación rechazaron todos los ataques contra los nuevos sistemas de jurados. Más aún, las primeras investigaciones revelan reacciones positivas de los jurados, jueces y abogados que han participado en los juicios. Otros países latinoamericanos han expresado su interés en las actividades del jurado en la Argentina".

 

Parece que la efectividad aquí ha sido tal que poco a poco se ha replicado en casi la mitad del país. En este sentido, podemos decir que fue la provincia de Córdoba -que en el año 2004 adoptó el sistema de jurado escabinado (ver Microformato)- la que provocó una verdadera reacción en cadena, y al día de hoy Buenos Aires, Chaco, Neuquen, Entre Ríos, Mendoza, Santa Fe, Chubut, San Juan, Capital Federal y Catamarca sostienen este modelo de aplicación de Justicia.

 

Una deuda de la democracia.

 

Las razones por las cuales los juicios por jurado se implementaron después de tanto tiempo son las mismas que explican por qué en gran parte de América Latina no se ha cumplido todavía con los mandatos constitucionales del siglo XIX. En primer lugar por una cuestión de debilidad institucional: debe recordarse que Argentina tuvo aproximadamente 60 años de su historia marcados por gravísimas violaciones a los Derechos Humanos, estados de sitio y dictaduras militares. Y, además, por razones culturales muy arraigadas, en donde el panorama fue dominado por un discurso judicial y académico universitario que justificaba el viejo sistema inquisitivo. Discurso que sigue siendo dominante en otras ramas del derecho.

 

A pesar de la promesa de la Constitución Nacional de 1853, el juicio por jurados no se implementó hasta que en el siglo XXI las provincias tomaron la iniciativa. En respuesta a la desconfianza pública en el sistema legal, los académicos e investigadores vieron al jurado como un modo de dotar de transparencia, eficacia y democratización a un sistema judicial dominado en parte por una "casta" inamovible y cuasihereditaria.

 

¿Y por acá?

 

Ante los reconocimientos internacionales que la aplicación de este sistema en Argentina ha cosechado, y la evidente popularidad que ha adquirido en todo el país, aquí en La Pampa no nos queda otra que preguntarnos ¿Para cuándo?

 

"Solo algunos delitos van a juicio por jurado".

 

¿Quién no ha visto una de esas películas de Hollywood donde un abogado apasionado da un elocuente discurso de pie, dirigiéndose siempre a los "miembros del jurado"? Bueno, en Argentina es casi lo mismo, con la excepción de que el "abogado suele estar sentado". Al menos así lo explica Gustavo Arballo, profesor de derecho de la Universidad Nacional de La Pampa. "Es una forma de juzgar causas penales en la que un grupo de ciudadanos sin conocimientos jurídicos debe definir si existió el hecho que se investiga, y si el acusado es culpable o no", explicó en una entrevista con LA ARENA.

 

"No todo va a juicio por jurado -prosiguió- solo algunos delitos de cierta gravedad, y hay diferencias entre provincias respecto a desde qué pena máxima se aplica: por lo general es a partir de delitos que tengan ocho o más años de pena máxima. También suele ser un derecho del imputado pedir qué tipo de juicio quiere".

 

Respecto a las y los ciudadanos que lo integran, "el número canónico es de 12, y los integrantes se eligen por sorteo. Es importante que haya paridad de género y que sean imparciales, porque pueden ser recusados por la defensa si se establece que alguno de ellos tiene algún tipo de prejuicio. En el modelo norteamericano la decisión debe tomarse por unanimidad, o sea los 12 deben prestar conformidad, pero acá algunas provincias aplican el veredicto si es 10 a 2", detalló Arballo.

 

Un dato curioso es que la sentencia la dicta el jurado sin expresar las razones: solo dice si es culpable o inocente. El juez tampoco tiene la obligación de fundamentarlo. "En el modelo normal es así, pero en el jurado escabinado (como el que se implementa en Córdoba) sí se fundamenta el veredicto", indicó el también docente de derecho. Por otra parte, el rol del juez se limita a presidir el juicio, atender objeciones y resolver impugnaciones.

 

A nivel internacional, este método de juzgamiento tiene una larga tradición y se aplica en diversos países como Estados Unidos, Inglaterra, Alemania, Canadá, Australia, España y Puerto Rico, entre otros.

 

Historia de los jurados.

 

Los historiadores coinciden en que el jurado ha producido seis apariciones decisivas en la historia. La primera de ellas fue en la polis de Grecia; la segunda en la época de la República en Roma; la tercera entre los pueblos germánicos de la antigüedad; la cuarta en la Inglaterra del Medioevo y la Edad Moderna; la quinta en los Estados Unidos y la sexta en la Francia de la Revolución. Actualmente, el modelo que se sigue es el anglosajón de 12 jurados.

 

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