Miércoles 28 de mayo 2025

La Pampa exhortó a la Corte para que resuelva la deuda

Redaccion Avances 27/05/2025 - 14.00.hs

El gobierno de La Pampa exhortó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que resuelva los reclamos contra el Estado Nacional, por la inconstitucionalidad de la retención de fondos previsionales que le corresponden a la provincia.
En dos escritos que llevan la firma de Romina Schmidt, fiscala de Estado de la provincia, se reitera el pedido de convocatoria a audiencia de conciliación formulado oportunamente el 8 de octubre de 2024, mediante escrito que obra incorporado a la causa, el cual a la fecha no ha sido proveído.
Asimismo, recuerda que en aquella presentación, se hizo hincapié que en atención a la naturaleza del presente proceso y a la índole de los intereses comprometidos -los cuales involucran de modo directo la sustentabilidad del sistema previsional pampeano y, por ende, el cumplimiento de derechos de jerarquía constitucional-, esta parte considera oportuno que se convoque a una audiencia con participación de los funcionarios del Estado Nacional competentes en la materia. Ello, con el objeto de explorar alternativas que permitan alcanzar una
solución armoniosa y consensuada al diferendo planteado, en un marco de buena fe procesal, lealtad federal y cooperación institucional entre los distintos niveles de gobierno.
Asimismo, destaca que la trascendencia del caso, su dimensión estructural y la afectación directa a la autonomía financiera de la provincia, tornan aconsejable habilitar instancias de diálogo institucional previo a la prosecución del litigio, tal como ha sido promovido por este Alto Tribunal en causas de análoga significación.
Y recuerda que el planteo fue realizado en estricto cumplimiento de los principios que deben regir los procesos entre el Estado Nacional y las provincias, en especial cuando se encuentra en juego la sustentabilidad de regímenes previsionales no transferidos, de los cuales dependen derechos fundamentales de la población y el ejercicio pleno de la autonomía local.

 

 

Convenio con Córdoba.
En la presentación se añadió, a fin de reforzar y actualizar ese pedido, que La Pampa tomó conocimiento que el 14 de mayo pasadp, se celebró un Convenio de Financiamiento entre el Estado Nacional y Córdoba, en el marco de una audiencia de conciliación convocada por este mismo Tribunal, en el contexto de un expediente de características jurídicas y fácticas sustancialmente análogas a la presente.
Este antecedente demuestra no sólo la viabilidad práctica de una solución consensuada, sino asimismo la verosimilitud del derecho reclamado. Este convenio celebrado entre una provincia y el Estado Nacional resulta ser un antecedente relevante, ilustrativo del marco de razonabilidad y cooperación que esta parte continúa promoviendo.
La Provincia de La Pampa no sólo mantiene intacta su voluntad de arribar a una solución consensuada, sino que exige -en condiciones de absoluta equidad con otras jurisdicciones- el mismo tratamiento que este Alto Tribunal ha dispensado recientemente a la Provincia de Córdoba en el marco de un proceso de similares características jurídicas y sustanciales.
El principio de igualdad entre provincias, consagrado en la Constitución Nacional, así como en la doctrina sentada por esta Corte impone un deber de trato equitativo, razonable y no discriminatorio entre jurisdicciones federadas, especialmente en contextos en los que está en juego la asignación de recursos, la solvencia del Estado provincial y el goce efectivo de derechos fundamentales.
De esta manera, La Pampa reiteró el pedido “urgente”, para que se dé intervención a la Procuración General de la Nación, a los fines de que dictamine respecto de la competencia del Tribunal para entender en las presentes actuaciones. Que se cite a La Pampa a audiencia conciliatoria, juntamente con las autoridades nacionales y de ANSES correspondientes, con la celeridad que la naturaleza y gravedad del conflicto planteado amerita. Y que se tenga presente lo manifestado y se provea conforme a derecho.

 

 

Otro escrito.
En otro escrito, se le solicitó a la Corte la urgente resolución de la medida cautelar por el agravamiento de la situación y peligro en la demora. “Venimos por la presente a reiterar se resuelva con carácter urgente la medida cautelar solicitada, en razón de hechos nuevos de público conocimiento que refuerzan la verosimilitud del derecho invocado, así como del agravamiento de la situación financiera del sistema previsional provincial”, indicó la fiscala de Estado en su presentación, también el acuerdo entre el Estado Nacional y Córdoba, como antecedente.
“El reclamo de La Pampa se funda en idéntica plataforma fáctica y jurídica, ya que también se trata de un régimen previsional provincial no transferido, respecto del cual el Estado Nacional ha incumplido sus obligaciones de financiamiento. Este antecedente reciente ratifica la verosimilitud del derecho invocado por La Pampa y deja a descubierto una conducta discriminatoria por parte del Estado Nacional, que reconoce sus compromisos con una provincia mientras ios niega injustificadamente a otra en idéntica situación jurídica”, indicó.
Asimismo, señaló que “la falta de transferencia de fondos adeudados compromete severamente la sostenibilidad del sistema previsional pampeano, cuyos déficits son afrontados íntegramente con recursos provinciales. Esta situación se ha agravado notablemente en los últimos meses, erosionando las finanzas provinciales y generando un perjuicio creciente y de imposible reparación ulterior, afectando derechos fundamentales de miles de pampeanos y pampeanas”.
“Por todo ello, resulta imprescindible y urgente que se expida sin más dilaciones respecto de la medida cautelar solicitada, ordenando al estado Nacional abone a la Provincia de la Pampa los anticipos mensuales, todo ello en resguardo de los derechos constitucionales comprometidos. Se tenga por reiterado el requerimiento de dictado de la medida cautelar solicitada y se resuelva con carácter urgente, en atención a la verosimilitud del
derecho invocado -acreditada, entre otros extremos, por el acuerdo celebrado entre el Estado Nacional y la Provincia de Córdoba con fecha 14/05/2025- y agravamiento de la situación del sistema previsional pampeano”, concluyeron.

 

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