Denuncian que el BCRA declaró "secreto" el SWAP con EE.UU.
El abogado constitucionalista, Andrés Gil Domínguez, afirmó que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) rechazó brindar los detalles sobre el swap con Estados Unidos por 20 millones de dólares al considerar confidencial la información solicitada.
"Fuera del plazo previsto por la ley de acceso a la información pública, el Banco Central de la República Argentina (BCRA), mediante el dictado de la Resolución -2025-14-E-GDEBCRA-GG#BCRA respondió la solicitud de información que interpuse respecto del SWAP por USD 20.000 millones otorgado por los Estados Unidos de América a la República Argentina, en la que requerí conocer: el plazo de devolución;
la tasa de interés aplicable; las exigencias, condiciones o compromisos de cualquier índole o naturaleza que la República Argentina asume y debe cumplir como condición para la disponibilidad de los fondos; si, con carácter previo a la concreción o al uso de los fondos provenientes del SWAP, el Poder Ejecutivo Nacional remitirá el instrumento financiero al Congreso de la Nación, en los términos previstos por el artículo 75 incisos 4 y 7 de la Constitución Nacional", sostuvo el letrado.
Gil Domínguez dijo quel a solicitud fue denegada, bajo el argumento de que la información requerida reviste carácter confidencial, en tanto su divulgación podría -según el BCRA- comprometer la estabilidad del sistema financiero, la continuidad del acuerdo celebrado, los intereses de las partes y la efectividad de las herramientas de política cambiaria y monetaria de las que dispone el Banco Central. Asimismo, sostuvo que no resultaba posible la entrega parcial de la información, ni siquiera mediante los mecanismos de tachas, anonimización o disociación.
"El BCRA se limitó a remitir a lo ya publicado oportunamente en su sitio web institucional a través de un escueto comunicado oficial (https://bcra.gob.ar/Pdfs/Noticias/acuerdo-bcra-tesoro-estados-unidos.pdf), señalando que esa constituía la única información pública que podía brindar a la sociedad argentina, lo que resulta manifiestamente absurdo: se “responde” una solicitud de acceso a la información pública reiterando aquello que ya fue difundido de manera genérica y voluntaria por el propio organismo. El rechazo invocó de forma meramente ritual diversos artículos de la Ley 27.275 y normas concordantes, sin desarrollar ningún argumento concreto, específico y circunstanciado que permita justificar razonablemente la aplicación de una excepción al principio general de publicidad de los actos de gobierno, tal como exige la Constitución argentina, la legislación vigente y la jurisprudencia nacional e interamericana consolidada en la materia. Esta conducta oscurantista no solo vulnera el derecho de acceso a la información pública, sino que afecta gravemente la seguridad jurídica, compromete recursos públicos de manera intergeneracional e impacta de forma directa en el riesgo país y en las condiciones de acceso de la República Argentina a los mercados internacionales de crédito.La pregunta que se impone es inevitable: ¿Qué contenido tiene el SWAP que el pueblo argentino no puede conocer?", cerró.
Artículos relacionados
