Martes 02 de septiembre 2025

“Impone la censura previa”

Redacción 02/09/2025 - 00.16.hs

El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez cuestionó el fallo del juez civil y comercial federal, Alejandro Patricio Maraniello, que prohibió difundir los audios de Karina Milei.

 

A través de un mensaje publicado en X (ex Twitter), Gil Domínguez expresó: “La interdicción de la censura previa es un contenido esencial de la libertad de expresión y el acceso a la información. Mucho más aún cuando lo que se protege está relacionado con asuntos de interés público y funcionarios públicos. La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Corte IDH desarrolló estándares precisos en la materia”.

 

“Una cautelar sin plazo y sin sujeto pasivo que impone la censura previa a la función periodística, afecta el pleno ejercicio de la libertad de expresión como un derecho colectivo y sostén fundamental del sistema democrático”, completó el letrado santarroseño.

 

En otro mensaje publicado, el constitucionalista pampeano expuso que el expediente “Milei, Karina Elisabeth s/ medidas cautelares” (Expediente Nº 13.408/2025) que tramita ante la justicia en lo civil y comercial federal de la Ciudad de Buenos Aires no está disponible en el sitio de consultas de causas del Poder Judicial, lo cual supone una manifiesta arbitrariedad en términos de acceso a la información pública”.

 

“La medida cautelar dictada adelanta la cuestión de fondo de un proceso que no sabemos si fue iniciado (esto es: se trata de una medida cautelar innovativa no de una sentencia autosatisfactiva que resuelve el fondo de la cuestión sin un traslado previo), sin plazo (cuando el art. 5 de la ley 26.854 de medidas cautelares contra el Estado ordena para esta clase de procesos una duración de tres meses) y no tiene un sujeto pasivo directo que pueda presentarse y apelarla”, explicó.

 

“Mucho más absurdo aún es que se le ordena al Enacom el cumplimiento de la misma cuando el art. 10 de la ley 26.522 de servicios de comunicación audiovisual excluye de su competencia la intervención en los contenidos expresados en redes sociales. En la misma línea de lo irrazonable, la Secretaria General de la Presidencia como parte del Poder Ejecutivo Nacional le pide a un juez federal que le ordene una serie de medidas al Enacom que es un órgano del Poder Ejecutivo Nacional”, señaló.

 

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