Martes 17 de junio 2025

Intimación para varios adjudicatarios de IPAV

Redacción 17/06/2025 - 00.13.hs

El IPAV, mediante edictos publicados en el último boletín oficial, intimó a adjudicatarios de diez localidades a ponerse a derecho. A unos les reclaman una importante deuda de cuotas, a otros le reclaman la falta de ocupación de las viviendas.

 

Los reclamos fueron extendidos a una veintena de pobladores de Santa Rosa, General Pico, Winifreda, Carro Quemado, Victorica, Telén, Intendente Alvear, Gobernador Duval, La Adela y Miguel Riglos.

 

En Santa Rosa hay cinco intimaciones. En su mayoría son por deudas en el pago de las cuotas asumidas. También las hay porque quienes resultado adjudicatarios no hacen la ocupación de la casa.

 

En General Pico el IPAV intimó a cuatro adjudicatarios. A uno directamente le rescindió la tenencia precaria, mientras que a otros les exigieron la regulación de las deudas por falta de pago de las cuotas y también algunas por falta de ocupación.

 

También en La Adela hay dos casos de familias intimadas. Una por la deuda generada por la falta de pago de las cuotas y falta de ocupación; mientras que la otra es directamente por falta de ocupación.

 

Otras dos intimaciones del IPAV recayeron en adjudicatarios de Gobernador Duval. Una de las viviendas otorgadas registra deuda y falta de ocupación, y en la restante el reclamo es por no habitar en forma efectiva y permanente.

 

Falta de pago.

 

El ente de Viviendas Provincial también llamó al orden a vecino de Victorica, al que le exige regularización de deudas por cuotas. Mientras que en Telén, en otra adjudicación problemática, le reclaman al beneficiario por la falta del pago de cuotas y no ocupar la casa en forma efectiva y permanente.

 

Finalmente, en Winifreda e Intendente Alvear, el IPAV intimó a un vecino en cada una de ésas localidades a regularizar los pagos de las cuotas. Y, en Miguel Riglos, hay otro adjudicatario intimado por falta de pago y ocupación.

 

Los destinatarios de los reclamos de regularización son personas y también posibles herederos. En todos los casos la intimación perentoria es por diez días de las publicaciones en el Boletín Oficial.

 

Los intimados deben responder con el “envío de pruebas y descargos escritos al IPAV”. Y les advierten que en caso de no ejercer el derecho de defensa precederán a tomar medidas internas, como la rescisión de los contratos, y/o las acciones judiciales que correspondan.

 

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