Jueves 25 de abril 2024

Jury: hoy se conoce el veredicto

Redacción 22/12/2023 - 01.04.hs

Este mediodía en el recinto de la Legislatura provincial se conocerá el veredicto del jurado del jury contra la jueza Ana Clara Pérez Ballester y la asesora de Menores Elisa Catán. Luego de varios días de audiencias se conocerá si las acusadas son absueltas o destituidas. Se espera que el tribunal, que preside el juez del STJ Fabricio Losi, lea la parte resolutiva del fallo.

 

El martes, en la audiencia de alegatos, Pérez Ballester se dirigió al Tribunal con una petición: “Solamente voy a solicitar que, al momento de resolver, tengan en consideración las circunstancias reales, la verdad de lo que pasó y los elementos que tuvimos en cuenta. Y que resuelvan con justicia”. Lo mismo hizo Catán: “Espero que el jurado sea justo, no solo por nosotras sino también por Lucio.”

 

Acusación.

 

La acusación principal contra las dos mujeres apunta a la manera en que el 4 de noviembre de 2020, la jueza Pérez Ballester homologó el acuerdo entre Hidalgo (la tía política de Lucio Dupuy) y Espósito Valenti (la mamá) para dejar sin efecto la tutela y que el cuidado personal pasara nuevamente a ser ejercido por la madre. Catán no puso objeciones a ello porque se trató de un acuerdo de partes.El procurador general, Guillermo Sancho, cuestionó que no se oyera al niño y al padre. A eso le sumó que no se le dio intervención al equipo técnico interdisciplinario del Poder Judicial, ni se actuó de oficio. El restante cuestionamiento fue que se omitió toda comunicación a la autoridad de aplicación (la Dirección de Niñez). Para Sancho, las dos funcionarias incurrieron en mal desempeño.

 

Defensas.

 

Las defensas de las acusadas pidieron la absolución y se ampararon en los diversos testimonios que se escucharon a lo largo de las distintas audiencias. Sostuvieron que no se puede destituir a un funcionario por una cuestión opinable, sino que debe hacérselo por un error de derecho grosero. Alegaron que no se quebrantó el derecho de cuidado personal del padre porque no lo estaba ejerciendo.

 

En cuanto a la posibilidad de escuchar al niño, se ampararon en que solo hay que escucharlo cuando puede generar un juicio sobre el tema de que se trata, algo que sostuvieron testigos consultados sobre ese particular.

 

Además sostuvieron que quedó probado en el jury que al juzgado no llegó ninguna información advirtiendo sobre situaciones de riesgo para Lucio y que nadie de la familia paterna habló de situaciones de riesgo.

 

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