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Jueves 02 de abril 2026

La Justicia frena más artículos de la Reforma Laboral

Redacción 02/04/2026 - 00.03.hs

En un giro clave para el escenario gremial educativo, la Unión Docentes Argentinos (UDA) que conduce Sergio Romero, dirigente de la CGT, logró que la Justicia suspenda la aplicación de la reforma laboral sobre el sector. El fallo pone en pausa la declaración de "esencialidad" del servicio educativo, un punto central de la reciente normativa que buscaba limitar la capacidad de medidas de fuerza de los trabajadores de la educación.

 

La medida judicial no es menor: alcanza a la totalidad de los docentes del país. Con esta resolución, queda suspendida temporalmente la aplicación de la Ley 27.802 en lo que respecta a la restricción de derechos sindicales bajo el rótulo de servicio esencial.

 

En un comunicado al que accedió Noticias Argentinas, la conducción de UDA,

 

señaló que el espíritu de la reforma laboral colisionaba directamente con garantías constitucionales del sector docente.

 

Festejo.

 

Sergio Romero, un referente del sector educativo y de la calle Azopardo, se mostró conforme tras conocerse la decisión judicial y subrayó que el foco de la gestión pública debería estar en la inversión y no en el recorte de libertades.

 

"Esencial es garantizar salarios dignos y condiciones adecuadas para el proceso educativo, y no restringir derechos colectivos que justamente buscan resguardar esas condiciones", sostuvo el cuadro sindical.

 

Días atrás, la Justicia laboral suspendió, de manera provisoria, más de 80 artículos de la reforma laboral impulsada por el Gobierno, luego de una medida cautelar presentada por la CGT.

 

Cautelar.

 

La decisión del juez Ojeda, quién se desempeña en el Juzgado Nacional del Trabajo 63, quedó en el centro del debate público. En este escenario, el Ministerio de Capital Humano informó en la jornada del martes que apelará el fallo con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación.

 

En referencia a su decisión, Ojeda explicó: "Es una medida cautelar y como tanto es una medida provisoria. Las medidas cautelares tienen la característica de que pueden ser revocadas o revisadas”.

 

“Son medidas extraordinarias, no son medidas cotidianas ni que se puedan dictar en cualquier situación. Hay que tomarlas con mucho cuidado, con mucha precaución”, ahondó el juez en diálogo con Radio Rivadavia.

 

En este sentido, el juez explicó que hizo lugar a la presentación de la CGT porque es una situación "extraordinaria". Así, remarcó: "No hemos tenido leyes que crean situaciones extraordinarias como esta. Por ejemplo, la CGT no presentó amparo contra la Ley Bases, que también tenía regulaciones polémicas”.

 

“Esta ley es es inédita, es muy extensa, abarca a muchos individuos; abarca a todos los sindicatos, abarca a todos los convenios colectivos”, sentenció.

 

La resolución no resuelve aún el fondo de la discusión, pero sí bloquea por ahora varios de los cambios más sensibles del proyecto oficial. Desde el esquema de despidos hasta la actividad sindical, pasando por convenios, teletrabajo y plataformas, el impacto es amplio.

 

Despidos e indemnizaciones.

 

La medida dejó sin efecto los artículos que alteraban el cálculo de las indemnizaciones por despido, entre ellos los que habilitaban a excluir conceptos no mensuales, como el aguinaldo.

 

También quedaron suspendidas las modificaciones vinculadas al cómputo de la antigüedad y la eliminación de la presunción de relación laboral por la sola prestación de servicios.

 

En ese mismo capítulo, el juez frenó la puesta en marcha del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el mecanismo que buscaba reemplazar en parte el sistema indemnizatorio tradicional.

 

Derecho a huelga.

 

La Justicia también suspendió las normas que ampliaban los servicios mínimos durante huelgas y que sumaban nuevas categorías de actividades consideradas de “importancia trascendental”, lo que en los hechos endurecía las restricciones a las medidas de fuerza.

 

También quedaron en pausa las limitaciones a asambleas, la reducción de horas gremiales para delegados, el recorte de la tutela sindical y la posibilidad de aplicar sanciones a organizaciones sindicales, incluso con riesgo de afectar su personería.

 

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