¿Querés recibir notificaciones de alertas?

Las notificaciones están desactivadas

Para activar las notificaciones:

Viernes 10 de abril 2026

La Pampa va a la Corte Suprema por los glaciares

Redacción 10/04/2026 - 00.11.hs

El Gobierno de La Pampa, junto a la Universidad Nacional de La Pampa, la Fundación Chadileuvú y la Asamblea por los Ríos Pampeanos, presentó en el Juzgado Federal de Santa Rosa una acción de amparo colectivo ambiental contra la ley nacional que modifica el régimen de protección de glaciares, al considerar que vulnera derechos constitucionales vinculados al ambiente y al agua. La medida patrocinada por la fiscala de Estado de la provincia, Romina Schmidt y el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, es acompañada por una cautelar que pide que la Ley no se aplique hasta tanto se resuelva la constitucionalidad o no de lo sancionado.

 

El gobernador Sergio Ziliotto anunció este jueves, en el Salón de Acuerdos de Casa de Gobierno, una presentación de una acción de amparo colectivo ambiental contra la ley sancionada por el Congreso de la Nación que introduce modificaciones a la Ley de Glaciares N° 26.639.

 

La iniciativa fue impulsada de manera conjunta por el gobierno provincial, la UNLPam, la Fuchad y la Asamblea por los Ríos Pampeanos. En la presentación pública de la demanda estuvieron presentes el rector de la UNLPam Oscar Alpa; el vicepresidente primero de la Legislatura, Hernán Pérez Araujo; la fiscal de Estado, Romina Schmidt; el presidente de la Asamblea, Roberto Rodríguez; y el dirigente de la Fuchad, Héctor Gómez.

 

"Habrá menos agua".

 

El gobernador Ziliotto sostuvo que la norma “lesiona derechos ambientales colectivos consagrados en la Constitución Nacional y en convenciones internacionales”, y remarcó que también vulnera el principio de no regresión ambiental previsto en el Acuerdo de Escazú. “Estamos planteando la inconstitucionalidad y nulidad absoluta de la ley que ha sancionado el Congreso de la Nación”, afirmó.

 

Advirtió que la modificación del régimen de protección de glaciares tendrá impacto directo en la Provincia y en el acceso al agua. “Esta es una ley que va a afectar muchísimo a la provincia de La Pampa, a todos los habitantes sin distinción. Es una ley que nos va a quitar nuestros derechos sobre el agua y va a perjudicar el ambiente”, expresó, al tiempo que subrayó que la presentación judicial “va mucho más allá de la representatividad que tenemos quienes hemos firmado esta acción: estamos defendiéndonos a todos y a cada uno de los pampeanos”.

 

Histórica y transversal.

 

Ziliotto remarcó que la defensa del agua constituye una política histórica y transversal. “La causa por los ríos pampeanos no está atravesada por ninguna grieta, contiene a todos los sectores. Sabemos que tenemos legitimidad para este reclamo y antecedentes de lo que ha pasado con los ríos pampeanos”, indicó. “La Pampa no tiene glaciares, pero sí depende del único río que hoy corre por la Provincia, que es de origen glacial. También los otros dos que ya no corren. A partir de esta ley va a haber menos agua”, advirtió.

 

Asimismo, destacó la importancia estratégica del río Colorado para el abastecimiento poblacional. “Hoy el río Colorado abastece a poblaciones donde está el 45% de los pampeanos. Con la proyección del acueducto al norte, suspendida por el Gobierno nacional, estaríamos llegando a dos tercios de la población pampeana con acceso al agua”, señaló.

 

Finalmente, el mandatario afirmó que la decisión responde a la defensa de los recursos naturales y del desarrollo provincial. “Esto tiene que ver con nuestra esencia, con respetar un mandato popular de defender La Pampa, sus habitantes, sus derechos y sus recursos naturales. Si bien los glaciares no están en nuestra Provincia, son parte de nuestro patrimonio y del derecho al acceso a un ambiente sano y al agua”, concluyó.

 

"El daño es real".

 

Schmidt, por su parte, explicó que la demanda comenzó a elaborarse hace algunos días ante la inminente sanción de la norma y cuestionó el proceso previo. “Se viene trabajando en esta demanda desde hace unos días cuando ya veíamos inminente la votación… las audiencias públicas no fueron audiencias reales que cumplan con el Tratado de Escazú”, afirmó.

 

Indicó además que el amparo colectivo fue impulsado junto a la provincia, la Universidad y organizaciones sociales, y que solicitarán “la inconstitucionalidad, la inconvencionalidad y nulidad de la ley sancionada”, junto con una medida cautelar para su inmediata inaplicabilidad.

 

Sostuvo que el impacto para La Pampa sería concreto y directo. “El daño que tiene la provincia de La Pampa no es un daño abstracto, es un daño real, porque en el momento en el que no llegue más agua de calidad y cantidad en el río Colorado, van a sufrirlo todos los habitantes”, advirtió. También señaló que la norma podría afectar la recuperación del río Atuel y anticipó que se pedirá judicialmente “la inmediata inaplicabilidad de la ley”, al considerar que vulnera el artículo 41 de la Constitución Nacional y compromete el ambiente, la salud y el desarrollo provincial.

 

“Un día trágico y triste”.

 

El diputado Hernán Pérez Araujo no ocultó su pesar por sanción de la Ley de Glaciares ocurrida en el Congreso Nacional y calificó el día como “trágico, muy triste”. Sostuvo que ver “un atisbo de quiebre institucional y de lo que para todo el pueblo de La Pampa era la defensa irrestricta de sus recursos, todos tomados de la mano y en la misma dirección” le genera preocupación.

 

“Me ocasiona mucho pesar que no todos los representantes del pueblo de La Pampa estemos defendiendo la provincia y a su pueblo, sino que estén defendiendo intereses espurios y foráneos”, enfatizó, y precisó que la ley aprobada “no tiene un beneficio para La Pampa”; agradeció al Gobernador “por habernos hecho partícipes” a los diputados provinciales de la acción interpuesta.

 

Al mismo tiempo, adelantó que el bloque del Frejupa presentará “un proyecto de adhesión a esta iniciativa” y pidió públicamente a los 30 integrantes de la Legislatura Provincial “que acompañen el proyecto, que nos saquemos el color político de la cabeza y pensemos en nuestros hijos y en nuestros nietos”, concluyó.

 

“Lesionará derechos y garantías”.

 

En la fundamentación de la acción de amparo colectiva presentada contra el Estado Nacional, a fin de que se declare la inconstitucionalidad y nulidad absoluta de la ley sancionada por el Congreso de la Nación que introduce modificaciones al régimen de presupuestos mínimos contenido en la Ley de Glaciares N° 26.639, el gobierno provincial destacó que “de aplicarse lesionará derechos colectivos y garantías de raigambre convencional y constitucional, tales como, el derecho al ambiente sano, al agua, a la salud, a la propiedad, derechos de las generaciones futuras, entre otros, art. 41, 43, 75 inc. 22 CN.

 

Indicaron además que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”.

 

“Toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo; podrá interponer esta acción contra cualquier forma de discriminación y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente; aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede”, señala también el texto, en el que se recuerda asimismo que “los tratados y concordatos tienen jerarquía superior a las leyes”.

 

Resulta violatoria.

 

Por otra parte, se señala que “esta modificación es inconstitucional porque viola el principio de no regresión ambiental reconocido en el Acuerdo de Escazú: una vez alcanzado un determinado umbral de protección de un bien colectivo estratégico, su excepcional reducción requiere una justificación especialmente estricta y compatible con el deber de progresividad”.

 

Añade que “esta reforma reduce el alcance del objeto protegido, fragmenta la tutela y debilita el estándar uniforme propio de una ley de presupuestos mínimos, configurando un retroceso normativo objetivamente verificable”.

 

Resumen de la presentación.

 

Entre los puntos principales de la presentación, se solicitó “que se tenga por promovida la presente acción de amparo colectivo ambiental contra el Estado Nacional, en los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional, la Ley N° 16.986 y el artículo 30 de la Ley General del Ambiente N° 25.675”.

 

También se pide “que se haga lugar a la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, se ordene la inmediata suspensión de los efectos y de la aplicación de la ley sancionada por el Congreso de la Nación que introduce modificaciones al régimen de presupuestos mínimos establecido por la Ley N° 26.63; y que se ordene al Estado Nacional abstenerse de dictar, ejecutar, aplicar o consentir actos de implementación fundados en la norma impugnada.

 

Asimismo, solicitaron que se disponga el mantenimiento interino de la vigencia operativa del régimen anterior de la Ley N° 26.639 y de sus normas complementarias, a fin de evitar la consolidación de daños ambientales graves o irreversibles mientras se sustancia la presente acción”.

 

Además, se reclama que “oportunamente se haga lugar a la demanda en todas sus partes y, en consecuencia: se declare la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la ley sancionada por el Congreso de la Nación que introduce modificaciones al régimen de presupuestos mínimos de protección ambiental establecido en la Ley N° 26.639”; que “se declare su nulidad absoluta e insanable, por resultar violatoria de los artículos 41, 43, 75 inciso 22 y concordantes de la Constitución Nacional, de la Ley General del Ambiente N° 25.675, del Acuerdo de Escazú, de los tratados internacionales de derechos humanos y de los principios de progresividad, no regresión, precautorio, in dubio pro natura e in dubio pro aqua”; y que “se disponga la inaplicabilidad de dicha norma en todo el territorio de la República Argentina, y se declare la invalidez de toda reglamentación, acto administrativo, autorización, evaluación o procedimiento dictado en su consecuencia”.

 

Repercusión nacional.

 

El anuncio que encabezó el gobernador Sergio Ziliotto sobre la presentación de un amparo colectivo nacional tuvo amplia repercusión y colocó a la provincia en el centro de la escena nacional. Medios porteños se hicieron eco de la noticia, como por ejemplo Ambito Financiero y Página 12, así como también de distintas provincias como el diario Río Negro, Cadena3 y Puntal de Córdoba, y Diario Huarpe de San Juan. También repercutió en aquellos medios más cercanos al oficialismo libertario, como Clarín y La Nación.

 

'
'