Los Nihuiles: en Mendoza insisten con el cobro retroactivo
Continúa el conflicto judicial de La Pampa por el decreto de Javier Milei que le devolvió a Mendoza el derecho al 100 % de las regalías del sistema hidroeléctrico Los Nihuiles, ubicado en Mendoza. La Justicia Federal de Santa Rosa hizo lugar a la medida cautelar solicitada por el Gobierno de La Pampa y devolvió el 50 % de las regalías. Ahora, Mendoza contraataca y el gobernador Alfredo Cornejo avanzará con dos medidas ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Según informó el diario Los Andes, Mendoza incorporará el decreto como un hecho nuevo y readecuará la demanda para mantener el reclamo por los retroactivos. Al mismo tiempo, pedirá a la Corte la inhibitoria del juez federal de Santa Rosa, Juan José Baric, quien dictó una cautelar interina que suspendió provisoriamente los efectos de algunos artículos del Decreto 982/2026.
El fiscal de Estado de Mendoza, Fernando Simón, explicó a Los Andes los alcances de la presentación. Ante la Corte Suprema de Justicia, la demanda original de la provincia cuyana del año 2022 tenía como uno de sus principales objetivos que se declarara la nulidad del Decreto 1560/73, que estableció el esquema mediante el cual Mendoza y La Pampa recibieron durante décadas el 50 % de las regalías generadas por Los Nihuiles.
Además, la Provincia reclamó el pago de las sumas que considera que dejó de percibir durante ese período. Sin embargo, el nuevo decreto nacional, firmado por Javier Milei, modificó el escenario hacia adelante, pero no reconoció la existencia de una deuda por los años anteriores.
La posición de Mendoza es que el decreto anterior fue incorrecto y que, durante su vigencia, la Provincia recibió solamente la mitad de las regalías que le correspondían. En cuanto a quién debería afrontar eventualmente ese reclamo, Simón aclaró que la demanda está dirigida contra Nación, porque fue el Estado nacional el que estableció el esquema de distribución y efectuó los pagos.
“Nosotros reclamamos a Nación porque es el que pagó y el que dijo que decidió pagar mitad y mitad”, señaló. Si Nación eventualmente decidiera reclamar esos fondos a La Pampa, agregó, sería una cuestión posterior.
Cautelar.
Mientras ese expediente continúa su curso en la Corte, La Pampa abrió otro frente judicial en Santa Rosa para cuestionar el Decreto 982/2026. El juez federal Juan José Baric dictó una cautelar interina. La medida suspendió provisoriamente los efectos de algunos artículos del nuevo decreto mientras el Estado nacional responde el planteo.
En este expediente, La Pampa demandó al Estado nacional y no a Mendoza. Por eso, el Estado nacional tiene un plazo de tres días para responder sobre la cautelar y, posteriormente, el juez deberá resolver si mantiene o deja sin efecto la medida. Mendoza, sin embargo, considera que esa causa no debería continuar en el juzgado federal de Santa Rosa porque aborda la misma cuestión que ya se encuentra bajo análisis de la Corte Suprema.
En ese marco, Mendoza solicitará al máximo tribunal que dicte la inhibitoria del juez federal de Santa Rosa, para que la causa iniciada por La Pampa no continúe en ese juzgado y sea llevada al ámbito de la Corte.
La Pampa sostiene que el Estado Nacional no puede alterar o anular de forma unilateral mediante un decreto una norma respaldada por un convenio tripartito (Nación, Mendoza y La Pampa) firmado en 1992, aprobado por las legislaturas provinciales y homologado por la Corte.Además, el derecho al cobro de las regalías no surge únicamente del Decreto 1560/73, sino también de la Ley 15.336, la Ley 23.164 (que fijó las regalías en 12 %, correspondiendo un 6 % a cada jurisdicción) y la ratificación del acuerdo de 1992. El convenio de 1992 otorgó explícitamente a La Pampa un sistema de contralor sobre la operatividad del Complejo Hidroeléctrico Los Nihuiles para garantizar el cumplimiento de sus derechos patrimoniales. La Provincia hizo hincapié en que percibe el 50 % de las regalías hidroeléctricas de manera ininterrumpida desde hace más de medio siglo. En tanto, la Corte Suprema declaró en 1987 el carácter interjurisdiccional del río Atuel y exhortó al uso equitativo de las aguas. Esto sirvió de base para el acuerdo de 1992.
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