Viernes 27 de junio 2025

Medicación: intiman al Sempre

Redacción 07/09/2024 - 00.16.hs

La Justicia intimó al Sempre a que entregue, dentro de los cinco días hábiles, la medicación Risdiplam a Verónica Martínez, afiliada de la obra social que sufre atrofia muscular espinal y necesita de la droga para paliar la enfermedad. El Sempre cortó el suministro por un fallo de la Cámara de Apelaciones, pero no está firme aún y el caso continúa en el Superior Tribunal de Justicia.

 

La mujer los había denunciado por “delito de desobediencia” y ayer el juez en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3 de Santa Rosa, Pedro Campos, falló a su favor. En la resolución, el magistrado indicó que “estamos ante un amparo de salud que tramitó bajo las normas del proceso sumarísimo. Se dictó sentencia en primera instancia haciendo lugar a la entrega de la medicación requerida por la actora supeditada a informes médicos periódicos de su médico tratante. Es cierto que dicha sentencia fue recurrida y revocada por la Cámara de Apelaciones, pero la apelación contra la sentencia de primera instancia fue concedida con efecto devolutivo, providencia que quedó firme”.

 

“El efecto concedido por ser un proceso sumarísimo implica que la resolución apelada igual debe ser cumplida mientras está pendiente de decisión ese recurso, o sea, no se suspende el cumplimiento de la resolución hasta que la misma quede firme (incluso aunque cuente con una sentencia revocatoria en segunda instancia)”, afirmó en el texto.

 

Una mejoría.

 

Por otro lado, señaló que “no debe perderse de vista que nos encontramos frente a un proceso en el que se ve involucrado el derecho a la salud de carácter convencional y que existe agregado (luego de la sentencia de primera instancia y como consecuencia de lo allí ordenado) un informe del médico tratante Kohler que indica una mejoría en la paciente ante la ingesta de la medicación en cuestión -Risdiplam-“.

 

“Por los fundamentos expuestos y proveyendo la presentación de la parte actora que motivó esta remisión al suscripto, intimo a la demandada ISS- Sempre a que en el plazo de cinco días hábiles arbitre y garantice el suministro de la medicación que ha comenzado a suministrar, hasta tanto exista una sentencia firme en sentido contrario. Ello bajo apercibimiento de disponer medidas conminatorias hasta su efectivo cumplimiento”, finalizó el juez Campos.

 

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