Mientras se incumple el fallo por el Atuel, la Corte citaría a La Pampa por Los Nihuiles
La Corte Suprema de Justicia resolvió citar a la provincia de La Pampa en la causa que Mendoza inició contra el Estado Nacional por el reparto de las regalías hidroeléctricas generadas por el Complejo Hidroeléctrico Los Nihuiles.
La agencia Noticias Argentinas publicó la información y agregó que el conflicto judicial por la central hidroeléctrica se remonta a 2022 cuando Mendoza promovió una acción de nulidad y daños y perjuicios contra el Poder Ejecutivo Nacional y reclamó la “nulidad absoluta e insanable” del Decreto 1560/1973.
La provincia vecina plantea que mediante esa norma se le quitó a la provincia el 50 por ciento de las regalías hidroeléctricas producidas por Los Nihuiles para transferirlas “sin causa alguna” a La Pampa, pese a que la central se ubica sobre el río Atuel; mientras, Mendoza sigue sin cumplir con el caudal mínimo en ese río establecido por el máximo tribunal.
Fuentes gubernamentales consultadas por LA ARENA afirmaron no haber sido notificados aún sobre esta citación.
Además, Mendoza reclamó además que el Estado Nacional sea condenado al pago de daños y perjuicios y que se le restituya el 100 % de las regalías, mas intereses y costas, desde la aplicación del decreto en 1973. Según Mendoza, a diciembre de 2021 el monto ascendía a $67.338 millones.
"La Corte Suprema declaró su competencia para intervenir en el expediente y dio vista al Estado Nacional para que contestara la demanda. La administración central rechazó el planteo de Mendoza, opuso una excepción de prescripción y solicitó que La Pampa fuera incorporada al proceso como tercero, pedidos que fueron cuestionados por la provincia demandante", agregó la agencia citada.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron resolver en esta instancia el planteo de prescripción, al considerar que forma parte de la cuestión de fondo. En cambio, hicieron lugar al pedido para incorporar a La Pampa y ordenaron citar a la provincia para que, en un plazo de 60 días, se pronuncie sobre la demanda.
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