¿Querés recibir notificaciones de alertas?

Las notificaciones están desactivadas

Para activar las notificaciones:

Sabado 09 de mayo 2026

Policía de La Pampa : reglamentaron la Comisión para evaluar condiciones laborales

Por Redacción 09/05/2026 - 11.43.hs

El Gobierno de La Pampa reglamentó la creación y funcionamiento de la Comisión para la Evaluación de las Condiciones Laborales del Personal Policial. Este organismo tendrá la función de “análisis y asesoramiento en materia de condiciones laborales del personal policial de la Policía de la Provincia de La Pampa, a excepción de cuestiones relativas a salarios”.
La medida fue oficializada en el Decreto Nº 643, firmado por el gobernador Sergio Ziliotto, y el ministro de Seguridad y Justicia, Horacio di Nápoli, 
El Boletín Oficial detalló que en artículo 2 del documento que la Comisión estará presidida ministro de Seguridad y Justicia y será coordinado “por quien ejerza la titularidad de la Subdirección General de Coordinación del Consejo de Seguridad Pública y Ciudadana y Comisión para la Evaluación de Condiciones Laborales”.
Además, la Coordinación de la Comisión tendrá como funciones organizar el sorteo y/o designación de los integrantes de la Comisión; la convocatoria a reuniones; gestionar las condiciones técnicas, de espacio y operativas para la realización de las reuniones de la Comisión, entre otras.

 

Integrantes.
Por otra parte, el documento estableció que la se “designará una persona titular y dos suplentes por cada representación que la conforman”. Estará integrada por representantes del Ministerio de Seguridad y Justicia y a la Jefatura de Policía, del personal policial superior y subalterno en actividad y también el retirado. 
Además, deberá designarse al menos una mujer como representante titular en cada uno de los cuerpos en al menos una de las Unidades Regionales representadas en la Comisión.
El decreto también especificó que “los representantes del personal policial en actividad no podrán encontrarse en situación de disponibilidad o pasiva, registrar sanciones disciplinarias por el término de dos años anteriores al inicio del procedimiento de sorteo o encontrarse usufructuando licencia por enfermedad por afecciones que demanden largo tratamiento”. En el caso del personal retirado, “no podrá ser ejercida por quien se encuentre con sumario en trámite por faltas disciplinarias que pudieren dar lugar a la sanción de separación de retiro o que registren sanciones disciplinarias, por el término de dos años anteriores a su retiro”.
También se estableció que los representantes ejercerán sus funciones durante un año calendario y que deberán reunirse, al menos dos veces al año, y las reuniones serán convocadas a instancias del Presidente de la Comisión. En ese sentido, indicaron que las convocatorias a las reuniones serán informadas con cinco días hábiles de antelación. 

 

 

'
'