Puelén: comuna deberá pagar indemnización
Una mujer que trabajó mediante la modalidad de contratos desde 2011 a 2017, cuando no se lo renovaron, demandó a la comuna de Puelén a indemnizarla y pasarla a planta permanente. El Superior Tribunal de Justicia determinó que la demandante sea indemnizada, pero consideró que no corresponde su otra pretensión.
El proceso en lo contencioso administrativo tuvo su sentencia el jueves a través de un fallo de la sala C del STJ, integrada por su presidenta, María Verónica Campo y por su vocal, Eduardo Fernández Mendía. En el mismo, la demandante, Gabriela Montesino con el patrocinio letrado de Nicolás Cassullo, fue parcialmente satisfecho.
La mujer que prestó tareas para la comuna de Puelén desde el año 2011 en absoluta irregularidad hasta 2017, cuando se comenzó a suscribir contratos precarios que se iban renovando en forma bimestral, hasta que en un momento le cancelaron la relación laboral. Por tal motivo inició acciones que fueron contestadas por el intendente Alberto Colado, asesorado por Luciano Cena, quien adujo ajustarse a lo dispuesto por ordenanzas vigentes.
El STJ aceptó que a la comuna al cesar la renovación contractual no era arbitraria porque "se está ante contratos a plazo fijo y, a su vencimiento, la municipalidad comunicó su no renovación". Sin embargo entendió que "en razón del tiempo que perduró la relación laboral tuvo la aptitud para generar en el reclamante una "legítima expectativa" establece el derecho a la reparación".
También el Tribunal consideró que "ante la ausencia de una norma legal que comprenda la situación actoral, este STJ considera que, para dar una respuesta indemnizatoria, le ley 643 (Estatuto para los agentes de la Administración Pública Provincial), es la norma que más se ajusta a las particularidades del caso".
Finalmente los integrantes de la Sala "C" sostuvieron "que corresponde hacer lugar parcialmente a la demanda interpuesta por Gabriela Noemí Montesino y, en su consecuencia, condenar a la Municipalidad de Puelén al pago de la indemnización, y fija las siguientes pautas a los efectos del cálculo de la indemnización, a saber: el 100% de un mes de sueldo, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual (octubre del 2022), por cada año de antigüedad a computar desde el 10/12/2011 (fecha de inicio de prestación de servicios conforme los recibos de pago adjuntados en autos) y hasta el 30/10/2022 (fecha de vencimiento del contrato a plazo fijo)".
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