Quedó firme el fallo y el PJ recupera la UB de Villa Parque
El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa rechazó el recurso extraordinario presentado por los herederos de Valentín Contreras y dejó firme la sentencia que declaró la nulidad de la compraventa del inmueble reclamado por el Partido Justicialista. Tras esa decisión, el expediente fue remitido nuevamente a la Cámara de Apelaciones para la continuidad del trámite judicial.
El STJ dio por concluida su intervención en la causa que enfrenta al Partido Justicialista Distrito La Pampa con los herederos de Valentín Contreras por la titularidad de un inmueble y dejó firme la sentencia que había declarado la nulidad de la compraventa realizada en 2017.
La Sala A del máximo tribunal provincial declaró inadmisible el recurso extraordinario interpuesto por los demandados al considerar que no reunía los requisitos técnicos previstos por el Código Procesal para habilitar una revisión del fallo de Cámara.
En su resolución, los jueces señalaron que la defensa no logró demostrar las supuestas violaciones legales invocadas ni rebatir los fundamentos centrales de la sentencia apelada, que había reconocido la legitimación del Partido Justicialista para promover la acción de nulidad por su condición de poseedor del inmueble.
El Superior Tribunal también descartó que existiera arbitrariedad o incongruencia en la sentencia cuestionada y sostuvo que la Cámara había resuelto dentro de los límites del proceso y con una valoración coherente de la prueba incorporada al expediente.
Quedó firme.
Con esa decisión quedó firme el fallo que había declarado la nulidad absoluta de la compraventa realizada mediante escritura pública en favor de Valentín Contreras, al entender que existían elementos suficientes para considerar acreditado el mejor derecho invocado por el Partido Justicialista sobre el inmueble en disputa.
Una vez resuelto el recurso extraordinario, la Secretaría Judicial de la Sala A remitió este martes el expediente nuevamente a la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Primera Circunscripción Judicial. La devolución fue formalizada mediante una comunicación firmada por la secretaria Vanina Pratdessus, en la que se deja constancia de que el expediente principal, junto con la documentación agregada, fue enviado al tribunal de origen para la prosecución del trámite.
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