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Reglamentan ley para trabajadores estatales

Redacción 27/10/2026 - 00.29.hs

El gobierno provincial reglamentó la ley que permite acceder a una reducción de la jornada laboral para los agentes de la administración pública provincial que deben cuidar o tienen a su cargo a personas con discapacidad. Este beneficio puede ser concedido sin una afectación de la situación laboral del solicitante.

 

Mediante el Decreto Nº 1832, publicado en el Boletín Oficial el pasado viernes, el Poder Ejecutivo pampeano reglamentó la Ley Nº 3655 que había sido sancionada el 19 de junio de 2025. Esta normativa “autoriza una reducción de hasta el 15% en la jornada laboral para agentes estatales provinciales que tengan a su cargo personas con discapacidad, conforme a la Ley N° 2226”.

 

Según explica el artículo 1 de la ley, “aquellos agentes estatales, encuadrados en los diferentes estatutos provinciales, que tengan a su cargo personas con discapacidad en los términos de la Ley N° 2226 de esta Provincia, podrán acceder a una jornada laboral de una duración de hasta un 15% (quince por ciento) menor a la que le corresponda en virtud del estatuto que regula su actividad”.

 

El beneficio podrá ser acumulado en uno o varios días, pero las jornadas acumuladas deberán utilizarse en el mismo mes porque no se pueden guardar para el mes siguiente. Asimismo, la ley tampoco permite que el acumulado comprenda más de tres días laborales completos por mes.

 

La normativa también obliga al beneficiario a cumplir con su jornada de trabajo dentro del horario que cada repartición determine de forma interna.

 

Los agentes estatales que quieran acceder al beneficio deberá completar un formulario y tendrá que acreditar la discapacidad así como la situación de estar a cargo de la persona con discapacidad. Para ello, el solicitante deberá presentar la siguiente documentación: Certificado Único de Discapacidad de la o las personas a su cargo expedido por las Juntas Evaluadoras de Personas con Discapacidad, acta de nacimiento si la persona con discapacidad es menor de edad, sentencia de restricción a la capacidad o medida cautelar otorgada.

 

La normativa establece que no podrán transcurrir más de 30 días entre el momento en que una persona solicita el beneficio y el otorgamiento del mismo.

 

Régimen.

 

La Ley N.º 2226 establece un Régimen Especial de Protección Integral para Personas con Discapacidad y fue aprobada a fines del año 2005. El régimen especial que implementa es en referencia a atención médica, educación, seguridad social, integración, accesibilidad y prevención.

 

Según esta normativa, “se considerará persona con discapacidad a toda aquella persona que presente una alteración funcional permanente o prolongada, motora, visceral, mental, sensorial o múltiple que en relación a su edad y medio social, implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral”.

 

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