Lunes 23 de junio 2025

La "noble igualdad" que se quedó sin su "trono"

Redacción 17/12/2012 - 03.36.hs

MODESTO MORRRÁS
Estos días recientes pintaban muy feo pero, afortunadamente, salió el sol y trajo algo de claridad, poniendo en fuga algunas sombras. Pero, bueno es recordarlo, ese amanecer no corrige ni mucho menos, los peores vicios de origen que hacen de la Justicia el poder aristocrático por excelencia. Su pertenencia a alto nivel de ese poder, convierten a quienes se encuadran en él en usufructuarios de privilegios irritantes. Así es con la perpetuidad en el cargo, que se suma a la embestida contra el principio de igualdad establecido en la Constitución Nacional en materia impositiva, representado en la exención que beneficia a los jueces fundada en la intangibilidad de los salarios, como si ese derecho no estuviera también contemplado legalmente para la remuneración de los hombres y mujeres comunes que trabajan en cualquier actividad.
La dura y repetida experiencia de los golpes militares (asociados siempre a los peores civiles) lo dice bien claro sobre esa suma de prerrogativas. Con cada cuartelazo, se produce la gran barrida de los primeros dos (sólo en la cita) poderes de Estado: los ejecutivos y los legislativos de cada provincia y, también, del núcleo central asentado en la invivible capital de la República.
De cada quiebre institucional y, como inveterada costumbre, salió indemne el poder judicial. Casi todos los jueces, altos y menos altos, quedaron confirmados. Porque su gestión no vino del voto popular, de la voluntad de la "chusma", sino de un confluencia de opiniones e intereses bastante parecido a la aplicable en la diplomacia. Y los hacedores de esos saltos al abismo, con o sin uniforme, no se equivocaron demasiado. En general, los magistrados muy prestos a servir hasta ese momento a los gobiernos constitucionales, no tuvieron problema en convertirse en funcionales al régimen de ipso. Para comenzar, sería recordable la Corte Suprema del año '30, la misma que legitimó el fragote del 6S y autorizó a Uriburu y los suyos a gobernar por "decreto ley".
Bueno, aterricemos en el tema enunciado al comienzo.
Precedido por un horroroso fallo que a contramano del nivel superior dictó una cámara civil nacional cuando autorizó el alargamiento de las cautelares contra la vigencia plena de la ley de medios audiovisuales, un tribunal tucumano presentó como santos varones y dejó sin sanción a tres individuos famosos por su actuación como tratantes de personas.
La chicana contra aquella ley sancionada por una aplastante mayoría legislativa, había sido interpuesta por una corporación que se cree (y en alguna parte lo es) superior al poder de la ley. No es olvidable que el hombre fuerte de ese grupo mediático, consideró que el de Presidente de la Nación era un "cargo menor". Como gran capo de ese holding, se creía más arriba que todos los "muñecos" que podría voltear con sólo cuatro tapas de "su" diario.
El caso tucumano tuvo la reacción condenatoria inmediata de muy diversos sectores, oficiales y no oficiales. Incluso y no se sabe en qué grado de sinceridad, también fue desfavorable la opinión del propio gobernador de la provincia. Pero allí están los absueltos, riéndose y gozosos de la protección que goza su actividad.
Más eficaz y formal fue la respuesta que tuvo la postergación de las cautelares, con la declaración de constitucionalidad de la ley de medios, pronunciamiento que nulifica lo dispuesto por la cámara de los jueces que, sin rubor alguno, viajaran a Miami pagados por el mismo grupo al que devolvieron la gauchada con su fallo.
Algún lector dirá, ¿y por casa?
Aquí no se aprecia una paisaje muy distinto ni distante al de otros puntos del país. Entre otras tesituras judiciales más que cuestionables, como la demora por años de llegar a juicio en causas donde personajes influyentes actuaran en perjuicio del patrimonio público, podrían citarse resoluciones que atropellaban contra una ciencia exacta por excelencia, las matemáticas. Su resultado, nada menos, fue la permanencia en el poder de quienes estaban inhabilitados legalmente al considerar, v.g., que diecisiete eran los dos tercios de veintiséis y dar así, por válida, la segunda reelección de un gobernador. O, en grado no desdeñable, entender que once es la mitad más uno de veintiuno. Y, con ese disminuido número, establecer que se cumplía el requisito del quórum en el cuerpo legislativo.

 


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