El juez aceptó la apelación
El juez Martín Cormick dio lugar a la apelación del Gobierno nacional contra el fallo que avaló la Ley de Financiamiento Universitario, aunque sostuvo el cumplimiento de la cautelar que obliga al Ejecutivo a cumplir con la normativa.
El titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal 11 concedió el pedido de las autoridades, y ahora será la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal la que definirá si se confirma o revoca la resolución de primera instancia.
Sin embargo, en el fallo al que accedió Noticias Argentinas Cormick decidió que “se dará continuidad al trámite de ejecución de cumplimiento de la cautelar vigente”, la cual ordenó al Gobierno a otorgar partidas a las universidades para su funcionamiento, recomponer el salario de docentes y no docentes y actualizar las becas estudiantiles.
El Ministerio de Capital Humano, había rechazado la decisión del juez por considerar que genera “agravios concretos y de significativa gravedad institucional” y compromete el orden fiscal.
Entre los puntos cuestionados, el Gobierno dijo que cumplir con la ley “proyecta efectos presupuestarios de gran magnitud y compromete el equilibrio de las cuentas públicas”, ya que no se identificó una “fuente de financiamiento específica y suficiente”.
De acuerdo con el escrito, las autoridades consideran que la Ley de Financiamiento Universitario se financiará “mediante reasignaciones” de presupuesto, que alcanzaría al 90,30% “de los créditos disponibles para gastos primarios del Estado Nacional”.
En esa línea, remarcaron que la Ley 24.629 debe ser interpretada “armónicamente” junto con las leyes 24.156 y 27.798 que establecen normas para autorizar y ejecutar el gasto público.
Camino judicial.
La ley de Financiamiento Universitario fue aprobada por el Congreso en agosto de 2025 y vetada en su totalidad por el presidente mediante el decreto 647/25. Diputados y el Senado consiguieron luego con los dos tercios que exige el artículo 83 de la Constitución, y el 21 de octubre de 2025 el Boletín Oficial publicó la promulgación, pero de manera condicionada.
La norma prevé la recomposición del presupuesto universitario según la inflación, la actualización de los salarios docentes y no docentes, y la recomposición de becas y del financiamiento de la investigación. Como relata el sitio Palabras del Derecho, en el marco de la medida cautelar, el 23 de diciembre de 2025 el mismo juzgado ya había hecho lugar en igual sentido a la Sala III de la Cámara confirmó en marzo. En junio, la Corte Suprema desestimó el recurso extraordinario del Estado. Ahora, ese incidente está en etapa de ejecución.
Cormick rechazó la tesis oficial aduciendo que la propia ley 27.795 sí establece cómo financiarse. Su artículo 9° faculta al Ejecutivo a reasignar partidas, siempre que no afecte la coparticipación a las provincias, y habilita a usar los ingresos recaudados por encima de lo presupuestado.
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