Lunes 06 de mayo 2024

Elecciones: Qué hacer en caso de no poder ir a votar

Redaccion Avances 12/08/2023 - 21.34.hs

Desde el Ministerio Público Fiscal de la Nación emitieron un informe sobre las PASO y los requisitos para ir a votar. A su vez, detallaron los pasos a seguir en caso de que alguien se vea impedido de hacerlo.

 

"Es obligatorio votar para las personas de entre 18 y 70 años y optativo para que ellas de entre 16 y 18 y para las mayores de 70. Es importante tener en cuenta que para que una persona de 16 años figure en el padrón debió realizar el trámite de actualización de su DNI a los 14 años", indicaron desde el MPF.

 

En esa línea, remarcaron que "cada votante deberá concurrir a sufragar con la última versión del último documento nacional de identidad que hubiera tramitado. Aunque parezca paradójico, pueden votar igual aquellas personas que tienen la versión del DNI tarjeta con la leyenda 'no válido para votar' (pues aquella variante estaba acompañada de una libreta, actualmente en desuso, que era la que debía presentarse al momento de sufragar)".

 

A su vez, aclararon que "no está permitido votar con la constancia del DNI en trámite y con la de la denuncia de su extravío o robo". Los lugares de sufragio de cada ciudadano y ciudadana deben consultarse en padron.gob.ar

 

Qué hacer en caso de no poder ir a votar.

 

Desde el MPF explicaron que "quien no haya emitido su voto, tanto en las PASO o en las elecciones generales, deberá efectuar la correspondiente justificación con la documentación que acredite los motivos de su ausencia".

 

"Deberá dirigirse a la Secretaría Electoral del distrito pertinente o a la Cámara Nacional Electoral o ingresar a infractores.padron.gov.ar Las justificaciones se realizan dentro de los 60 días hábiles posteriores a la elección. Si no se realiza el trámite, la persona quedará registrada en el padrón de infractores", añadieron.

 

Los siguientes supuestos de impedimento del ejercicio del sufragio suelen ser los más comunes:

 

- Si el/la votante se encuentran a 500 kilómetros o más de la mesa donde debe sufragar, debe solicitar un certificado en la dependencia policial más cercana.

 

- La persona habilitada a votar que esté atravesando una situación médica que le impida participar deberá conseguir el correspondiente certificado de una autoridad sanitaria nacional, provincial o municipal, para realizar la consecuente justificación.

 

Quienes no voten deberán pagar una multa o afrontar sanciones como la imposibilidad de realizar determinados trámites, a menos que integren los grupos exceptuados. "El artículo 125 de la Ley de Ciudadanía argentina, incorporada en parte en el Código Nacional Electoral, establece que los jóvenes mayores de 16 años y menores de 18, como los mayores de 70, no estarán incluidos en el Registro de Infractores al Deber de Votar, en caso de no presentarse a sufragar. Por eso, en estos casos, la emisión del voto es opcional y de no participar de las elecciones, su ausencia no necesita ser justificada", detalló Infobae.

 

Las multas por no votar en las elecciones PASO del 13 de agosto van de $50 a $500 para los mayores de 18 años y menores de 70 años que no cumplan con el deber cívico de sufragar y no puedan justificar su ausencia. Así lo establece el Código Nacional Electoral en su artículo 125, en el apartado “faltas electorales”.

 

Aquellos ciudadanos y ciudadanas que no abonen esa multa quedan registrados como infractores. Esto implica que no pueden hacer trámites durante un año, como obtener el pasaporte, y tampoco pueden ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. La Cámara Nacional Electoral creó el Registro de Infractores para aquellos que deben realizar el trámite de justificación y saldar la deuda. Asimismo, en este mismo sitio web el interesado puede consultar el estado de las infracciones y si posee o no multas.

 

Qué se vota.

 

Mañana se realizarán en todo el país las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) nacionales, que en algunos distritos coincidirán con primarias locales, tanto para cargos provinciales como municipales, y que tienen como objetivo la elección de las fórmulas y listas de candidatos/as que representarán a cada partido en las elecciones generales que se desarrollarán el 22 de octubre.

 

De esta forma, para las PASO nacionales cada espacio político presenta sus precandidatos/as en las categorías:

 

- Presidente o Presidenta de la Nación.

 

- Senadores/as Nacionales: en este proceso eleccionario se renovará un tercio del Senado Nacional, es decir, 24 bancas correspondientes a las provincias -tres por cada una- de Buenos Aires, Formosa, Jujuy, La Rioja, San Juan, San Luis, Misiones y Santa Cruz.

 

- Diputados/as nacionales: 130 cargos.

 

- Parlamentarios/as del MERCOSUR: 19 cargos.

 

Junto con las PASO nacionales, en las siguientes provincias también se elegirán los/as precandidatos/as a gobernador o gobernadora:

 

- Catamarca.

 

- Entre Ríos.

 

- Buenos Aires.

 

- Santa Cruz.

 

En tanto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se llevarán a cabo elecciones concurrentes para elegir precandidatos/as por cada espacio político a jefe/a de gobierno. La concurrencia en estas elecciones significa que los comicios se realizarán en la misma fecha, pero con sistemas distintos: mientras las PASO nacionales se llevan a cabo con boletas de papel impresas previamente, las elecciones porteñas se realizarán por medio del denominado sistema de boleta electrónica, cuya impresión con la elección individual de los/as respectivos/as precandidatos/as se realiza mediante un dispositivo que los/as votantes encontrarán montado en las mesas a las que deban concurrir a sufragar para las PASO nacionales.

 

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