Fallo judicial limita los aumentos discrecionales de las prepagas
Tas un amparo presetado por el CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales), el juzgado civil y comercial Nro 8 declaró inconstitucional dos artículos (267 y 268) del decreto que eliminaba el control estatal sobre el aumento de las cuotas de la medicina prepaga. Desde esta manera, el juez Marcos Gota puso fin a la derogación de funciones esenciales de la Superintenencia de servicios de salud (SSS), como revisar, autorizar aumentos y verificar su razonabilidad.
La sentencia fue emitida ayer y medios como perfil señalan que integra un conjunto de fallos que cuestionan los alcances del megadecreto firmado durante el primer mes de la gestión de presidencia de Javier Milei. El mismo medio señala que entre sus argumentos, Gota destaca que "las empresas de salud, pese a su carácter privado, cumplen una función social esencial que las obliga a priorizar el bienestar de las personas por sobre el lucro".
Con el aval del decreto presidencial, las prepagas venían imponiendo aumentos sin ningún tipo de control y en muchos casos por encima de la inflación, informando los nuevos valores hasta 5 días después de conocerse el dato inflacionario por parte del IPC.
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