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Martes 14 de abril 2026

Un fallo declara empleados a los deliverys

Redacción 14/04/2026 - 00.12.hs

Dos fallos de la Suprema Corte bonaerense confirmaron que los repartidores de aplicaciones son trabajadores en relación de dependencia. Los fallos golpean a las empresas de plataformas y a uno de los ejes de la reforma laboral, que instauró la noción de que sus empleados son colaboradores independientes y no asalariados.

 

Según publicó El Destape, la decisión del máximo tribunal de la provincia de Buenos Aires ratificaron multas aplicadas contra Rappi y Pedidos Ya, por incumplimientos a las normas de seguridad e higiene y falta de registración.

 

Los jueces del Supremo ratificaron sendas sentencias dictadas por los tribunales del Trabajo que habían intervenido previamente y con los dictámenes de la Procuración General bonaerense que, a su vez, habían validado la actuación del Ministerio de Trabajo de la provincia cuando multó a las aplicaciones en 2021.

 

En el caso de Rappi, la Corte provincial reseñó en su fallo que la empresa de arranque “objetó el accionar de los funcionarios estatales” que impusieron la multa y alegó que sus repartidores “no están presentes las notas características de la relación laboral”. Sólo a Rappi se le había impuesto una sanción de 16 millones de pesos.

 

“La prestación de servicios no solamente había resultado probada con los testimonios de los repartidores que manifestaron trabajar para Rappi, hechos autenticados por los inspectores, que -reiteró- no habían sido desvirtuados por la empresa, sino que, además, había sido expresamente reconocida por esta, tanto en su descargo como en el recurso de apelación, por lo que, conforme el artículo 375 del Código Procesal Civil y Comercial, ni siquiera debía ser acreditada por la autoridad laboral”, argumentó el tribunal.

 

Los jueces Hilda Kogan, María Florencia Budiño, Daniel Soria y Sergio Torres interpretaron que la relación de los repartidores con Rappi encuadra en el artículo 21 de la ley de Contrato de Trabajo, que establece que las personas que se obligan a realizar una tarea bajo relación de dependencia a cambio de una remuneración son trabajadores.

 

La informalidad.

 

Cabe destacar, que la informalidad laboral alcanzó el 43% en el cuarto trimestre de 2025 desde el 42% del mismo período del año previo, según informó el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). Esto implica que 5,8 millones de argentinos, de los 31 aglomerados urbanos, no poseen obra social ni descuento jubilatorio. La tasa más alta se observa entre las mujeres de hasta 29 años, donde el indicador alcanza el 57,9%; y las de 65 años y más, que tienen un índice de 61,6%.

 

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