Lunes 15 de abril 2024

Un proyecto contra la adopción ilegal

Redacción 19/09/2022 - 00.21.hs

El Senado nacional analiza un proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo que tipifica el delito de compra y venta de niños, niñas y adolescentes en el Código Penal, con el objeto de combatir la adopción ilegal, estableciendo penas de entre 5 y 15 años de prisión. La iniciativa, que pena la figura de "intermediario" y sanciona a quienes participen de esa práctica, fue girada a la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, presidida por el neuquino Oscar Parrilli, quien todavía no fijó la fecha de reunión para iniciar su tratamiento.

 

El proceso de elaboración tuvo una doble instancia: por un lado fue creada una mesa de trabajo coordinada por la Secretaría de Derechos Humanos, con funcionarios de distintas áreas, la Defensora de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, Marisa Graham; la Defensora General de la Nación, Stella Maris Martínez; legisladores y organismos de derechos humanos.

 

En la redacción también colaboró Abuelas de Plaza de Mayo, para corroborar que las pautas no choquen con el delito de apropiación de niños previsto actualmente en el artículo 146 del Código Penal. También hizo aportes Leonardo Fornerón, quien inició el proceso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) por la violación a numerosos derechos que se encuentran consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica.

 

Compra y venta.

 

Por otro lado, la iniciativa para tipificar el delito de compra y venta de niños, niñas y adolescentes recibió el impulso del Consejo Consultivo de la Dirección Nacional de Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, que lucha por incorporar esta figura al CP. El proyecto modificaría el artículo 139 bis del Código Penal para "reprimir con reclusión o prisión de 3 a 10 años el que facilitare, promoviere o, de cualquier modo, intermediare en la perpetración de los delitos comprendidos en los artículos 138 y 139", referidos a la supresión de la identidad de un menor, "haya mediado o no precio o promesa remuneratoria o ejercido amenaza o abuso de autoridad". Además, duplica las penas si el condenado fuera un funcionario público o un profesional de la salud.

 

También incorpora al Código Penal el artículo 139 para reprimir con "prisión de 5 a 15 años a quien que entregare o recibiere a una persona menor de edad, cuando haya mediado en la transferencia precio, promesa remuneratoria o cualquier otro tipo de retribución".

 

(Télam)

 

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