Rechazaron la recusación a la diputada Claudia Giorgis
La Sala Juzgadora de juicio político de la Cámara de Diputados, rechazó ayer por unanimidad el planteo de recusación de Claudia Giorgis (Frepam), acusada por el procurador general y su defensa de no guardar imparcialidad y de haber prejuzgado.
El día anterior fue formulado el pedido de apartamiento y Giorgis tenía 24 horas para ofrecer su defensa lo que efectivamente hizo ayer (ver aparte).
Iniciada la audiencia la diputada Fernanda Alonso, en su calidad de presidenta de la Sala Juzgadora, le pidió a Giorgis que se retirara por algunos minutos del recinto, en tanto se consideraba su escrito con sus explicaciones.
Fue Daniel Lovera (PJ) el primero en tomar la palabra y adelantar la decisión de su bloque en el sentido de rechazar la pretensión de Bongianino. Indicó que el artículo 42 de la Ley 1246 sólo se refiere al parentesco como razón de recusación, lo que obviamente no se daba en este caso y que no veía "causal ni oportunidad" en el pedido del abogado del procurador.
Desestimación.
En tanto Alejandro Odasso (Frepam) dejó constancia que la recusación "no se funda en ninguna causal concreta" y correspondía desestimarla.
En el final Marull insistió en dejar "expresa reserva del caso federal".
Momentos después que todos los diputados (22 presentes de los 24 que conforman la Sala Juzgadora) levantaran su mano rechazando el planteo de recusación, Giorgis regresó a su banca.
Salinas: por la fuerza no.
Enseguida la Sala Juzgadora se abocó a considerar la situación de ex fiscal de General Pico, Carlos María Salinas, quien había sido citado para participar el miércoles de un careo con Silvia Boulenaz, secretaria privada de Bongianino; y eventualmente con propio procurador, según lo que surgiera de aquel primer careo.
La presentación de un certificado médico por parte de Salinas, en el que se hacía referencia a "razones psicológicas" hizo que no concurriera a la citación para esos careos; y motivó que la Sala dispusiera dirigirse al Superior Tribunal de Justicia para que enviara un profesional a constatar el verdadero estado de salud de Salinas.
"Intensa angustia".
La tarea le fue encomendada al médico forense psiquiatra, Martín Telleriarte, que el mismo día miércoles se trasladó a General Pico y examinó a Salinas. La conclusión fue la misma que estaba escrita en el primer certificado: que no podía concurrir porque estaba con un cuadro de "intensa angustia y ansiedad generalizada".
El mismo Telleriarte recomendaba que no hiciera la diligencia del careo porque "podría agudizar su cuadro".
Martín Berhongaray (Frepam) no se quedó conforme, señaló que ninguno de los certificados -el presentado primero por Salinas y también el de Telleriarte- eran "terminantes". "Es amplio y vago", señaló con relación al segundo, y dijo que Salinas mostraba "una conducta renuente" a declarar, por lo que pidió que fuera llevado por la fuerza pública.
Sin careos.
Allí, primero Lovera, y luego César Ballari (ambos PJ) coincidieron en que no podía ser llevado por la fuerza pública, que debía avalarse los certificados médicos y se dejara sin efecto esa prueba (careos). "No tiene demasiada relevancia la prueba", afirmó Ballari.
Se refería al careo para determinar si Salinas y Bongianino habían hablado por teléfono mientras en General Pico se buscaba a Sofía Viale. "Nunca hablé", dijo el ex fiscal de General Pico, y obviamente el procurador sostiene lo contrario. Un probable careo, tal vez hubiera terminado con las mismas diferencias.
Por su parte el abogado Marull expuso que podría intentarse pedir a Telefónica de Argentina la sábana de los llamados entre la Procuración y el Ministerio Público de General Pico, pedido que no fue atendido.
Odasso insistió con la utilización de la fuerza pública y Lovera pidió que se vote. El resultado fue concluyente: 15 votos porque Salinas no sea convocado utilizando la fuerza pública, y 7 en sentido contrario.
"Mi imparcialidad sigue intacta"
Claudia Giorgis (Frepam) le pidió a la Sala Juzgadora del juicio político al procurador general, que "se rechace el planteo de recusación", que el día antes había presentado su abogado defensor Francisco Marull.
La diputada dijo que el día que declaró Mario Bongianino, lo que ella hizo fue señalar "el mal funcionamiento del Ministerio Público Fiscal en General Pico, cuestión que no ha sido contradicha"; y agregó que "el libelo" que requiere su apartamiento "no puntualiza cuál es la frase, afirmación o consideración, que supuestamente indicaría el prejuzgamiento que se me endilga".
Giorgis precisó que "la Ley 1246 es terminante al disponer en su artículo 42 que 'Los miembros de cada Sala sólo podrán excusarse o ser recusados cuando sean parientes'; y considera que el procurador y su abogado, al recusarla, sólo "se limitaron a transcribir las consideraciones que efectuara en mi interrogatorio a Bongianino, lo que sólo indica que no se coincide con las mismas, y revela la imposibilidad de precisar cuál es la consideración que revelaría la parcialidad o prejuzgamiento".
Reconoce que "siempre los preceptos constitucionales del debido proceso y de defensa, son y deben ser garantizados, aún en los acotados márgenes de esta ley, pero ello no implica dar curso a la totalidad de los planteos, cuando éstos no son evidentes, en razón de no prolongar las actuaciones más allá de las etapas procesales previstas".
"No adelanté opinión".
La legisladora negó haber adelantado su opinión cuando hizo uso de la palabra el pasado viernes 8 -día en que declaró Bongianino-, y completó la idea expresando que "los hechos en los que se cree ver causal de recusación, son simplemente descripciones expuestas por los testigos, con la finalidad de dar el marco a las preguntas que con posterioridad se formularan al procurador".
Agregó que si bien se refirió al "mal funcionamiento del Ministerio Público Fiscal en General Pico" eso "surge evidente de las cuestiones de la causa y de las declaraciones del propio imputado, y he interrogado respecto de cómo se controlaba desde la Procuración en ese funcionamiento el cumplimiento de las resoluciones generales impartidas, y qué pasaba en caso de incumplimiento de las mismas".
La diputada del Frepam dijo que "ahora, con el diario del lunes, conociendo los graves hechos que ocurrieron en General Pico, quise saber qué opinaba el procurador general. Hizo referencia a que se sintió impresionada por lo que leyó de las declaraciones ante la Sala Acusadora y del expediente" y quiso saber si a Bongianino también "le había impresionado y cuál era su visión de lo ocurrido y del desempeño de las funciones correspondientes a su Ministerio ante tamaña realidad".
Un voto justo.
Giorgis expresó que la animaba "el interés en la búsqueda de justicia para Sofía Viale y su familia en particular, y de protección para nuestras niñas y adolescentes con la mayor eficacia en el estudio y la dilucidación de las responsabilidades del caso, para que mi opinión y mi voto como jueza sea el resultado de haber reunido todos los elementos que correspondan y que la situación sin duda amerita".
"Mi imparcialidad sigue intacta", señala en el final de su descargo, "razón por la cual considero no debo apartarme de la función que desempeño como miembro de la Sala, como tampoco la presentación de la recusación ha mellado mi imparcialidad en relación con el proceso o al imputado", concluye.
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