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Miércoles 03 de junio 2026

Condenan a conductor que ocasionó un choque fatal en Algarrobo del Aguila

Por Redacción 03/06/2026 - 17.50.hs

(General Pico / Agencia) - La jueza de audiencia de juicio de General Pico, María José Gianinetto, condenó hoy a José María Mancilla (43 años), a tres años de prisión de ejecución condicional, tras encontrarlo culpable del delito de homicidio culposo ocasionado por la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria  de un vehículo con motor agravado por circular a más de 30 km/h por encima de la máxima permitida y lesiones graves culposas agravadas. Además, lo inhabilitó por siete años para conducir vehículos automotores y le impuso reglas de conducta a cumplir durante dos años.

 

La causa se debatió con la intervención del fiscal Nicolás Rojo Mateos y de la defensora oficial María Soledad Trímboli.

 

Durante la mañana del 23 de diciembre de 2023,  en la intersección de la ruta Nacional 151 y el ingreso a la localidad de Algarrobo del Águila, Mancilla, al mando de una Toyota Hilux en la que también viajaba su familia, colisionó a un Fiat Cronos que era conducido por el damnificado, quien se trasladaba con un acompañante, su hija y su nieto.

 

El damnificado se conducía por la ruta 151 de este a oeste e ingresó a la dársena de giro que se encuentra a la derecha para entrar a Algarrobo del Águila, y cuando comenzó su maniobra de ingreso a la localidad fue embestido en la parte trasera la camioneta conducida por Mancilla.

 

 

Exceso de velocidad.

 

La jueza determinó que el nexo causal fue el exceso de velocidad en que el acusado condujo su camioneta, dado que en un ingreso a una localidad la máxima es de 60 kilómetros por hora (km/h) y imputado viajaba a 127 km/h.

 

En este siniestro falleció el conductor del Fiat y la hija y el nieto (menor de edad) de resultaron con lesiones graves, dado que sufrieron fracturas en distintas partes del cuerpo.

 

En los alegatos de clausura, el fiscal solicitó la pena de tres años de  prisión en suspenso y siete años de inhabilitación para conducir. En tanto, la defensora solicitó la absolución.

 

Gianinetto dio por acreditada la responsabilidad de imputado en el hecho y agregó que “con su conducta imprudente de conducirse a una velocidad entre 127.43 y 124.57 km/hora duplicaba la velocidad reglamentaria, violó las normas de tránsito que estaban a su cargo y fue la causa que produjo la colisión con el automóvil conducido por el damnificado”.

 

Al momento de merituar la pena, consideró como atenuante la ausencia de antecedentes condenatorios del acusado, que es una persona de trabajo y tiene familia a su cargo y que prestó auxilio inmediato a las víctimas en el lugar del hecho.

 

Por el contrario, como agravante tuvo en cuenta la pluralidad de víctimas que padecieron las consecuencias de este hecho y el riesgo en que puso a su propia familia.

 

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