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Martes 05 de mayo 2026

Condenan a la banda que dirigía Purreta

Redacción 05/05/2026 - 00.16.hs

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de La Pampa homologó un juicio abreviado e impuso distintas penas a varios integrantes en la red de narcotráfico que Víctor Purreta organizaba desde la cárcel. El ex boxeador, quien ya cumple condena por el femicidio de Andrea López, rechazó el juicio abreviado y deberá afrontar una nueva instancia judicial.

 

La sentencia N.º 17/2026 fue firmada ayer por el juez Marcos Aguerrido. En el texto del fallo al que accedió LA ARENA, se da por probado que la organización operó hasta el día 30 de octubre de 2024, que trasladaba drogas desde Provincia de Buenos Aires, a La Pampa, y se comercializaba tanto al interior de la Unidad 4 del Servicio Penitenciario Federal -donde está alojado Purreta-, como en Santa Rosa, Toay y Uriburu.

 

La investigación inició en 2023 bajo la instrucción de la fiscal federal Iara Silvestre y el Juzgado Federal de Santa Rosa dirigido por el juez Juan José Baric. Ya en ese momento habían logrado identificar a otra persona que se encargaba de proveer y trasladar la droga desde Buenos Aires hasta La Pampa.

 

Mecanismo.

 

El fallo detalla cómo operaba la banda liderada por Purreta. Desde el interior de la U4, él se encargaba de organizar el tráfico ilícito de estupefacientes. Acordaba con los también detenidos Walter H., Filver C. F. y Francisco E. C. el precio de la droga y los contactos en el exterior para su provisión. En la red de provisión de droga también están implicadas Paola Ll. y Ornella V, quienes trabajaban junto Walter H. y Filver C. F., respectivamente.

 

A su vez, había cuatro mujeres implicadas en la red, en la distribución de la droga: Ana Beatriz L., Macarena G., Rosana A. y Nidia O. para su distribución en el medio libre. En el caso de estas mujeres, Purreta las utilizaba como “mulas” para ingresar estupefacientes a la U4, e las instruía en cómo acondicionar y esconder la droga entre sus pertenencias o en la estructura de las sillas de la sala de ingreso en el área de visitas. Para esto, explica el fallo, recibían colaboración de personal penitenciario que hasta el momento no fue identificado.

 

Estas mujeres también coordinaban la entrega y comercialización de la droga fuera de la unidad penitenciaria. De esta instancia participaban Jonathan P. y su pareja Sonia Yanet S. -quienes recibían la droga de manos de Ana Beatriz L.-; Juan Martín C. -que recibía de Purreta y Ana Beatriz L.-; y Yago Misael A. R., que colaboraba con Rosana A.

 

Condenas.

 

La mayoría de los condenados fueron hallados coautores materiales y penalmente responsablesdel delito de tráfico de estupefacientes para su comercio, agravado por la intervención organizada de tres o más personas. En algunos casos, se suma el agravante de la comisión del delito dentro de un establecimiento carcelario.

 

De los colaboradores directos de Purreta, Walter H. fue condenado en el marco de esta causa a 6 años de prisión efectiva, que se unificó con una pena anterior y resultó en 9 años y 6 meses de prisión efectiva; Filver Manuel C. F. recibió una pena única de 6 años y 9 meses de prisión efectiva; y Francisco E. C. recibió una pena unificada de 8 años y 8 meses de prisión efectiva.

 

Por otra parte, Paola Ll. recibió una pena única de 6 años de prisión efectiva, y se mantiene su arresto domiciliario con monitoreo electrónico. La misma condena recibió Ornella V., también con modalidad domiciliaria con dispositivo electrónico de monitoreo. Ana Beatriz L. también recibió 6 años de prisión efectiva domiciliaria con dispositivo electrónico de monitoreo.Rosana A. recibió 4 años de prisión efectiva domiciliaria con dispositivo de monitoreo, y Macarena G., 3 años efectivos de arresto domiciliario con monitoreo electrónico.

 

A Jonathan P. se le impuso 5 años efectivos en el marco de esta causa, que se unificaron con una pena anterior y resultaron en 17 años de cumplimiento efectivo. También se le revocó la libertad condicional.

 

A Yago A. R; Nidia Mariela O.; Sonia Yanet S.; y Juan Martín C., se les suspendió el juicio a prueba, y se les impusieron reglas de conducta y reparación económica. Deberán fijar residencia y quedarán bajo la supervisión de la Dirección de Control y Asistencia de la Ejecución Penal (DCAEP): los primeros dos por un año, y los otros dos por dos años. Asimismo, deberán abonar sumas de 100 mil pesos (y 300 mil, en el caso de Juan Martín C.) a la Asociación Civil Cooperadora del Hospital Lucio Molas – René Favaloro.

 

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